DECRETO 109/2007, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE SAN MARTÍN DEL CASTAÑAR (SALAMANCA).
La Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, formula en su artículo 18 el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, confiriéndole un carácter meramente indicativo y designando inicialmente un total de veintinueve espacios, entre los que se encuentra el espacio Las Batuecas (Salamanca).
El 19 de julio de 2000 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Ley 8/2000, de 11 de julio, de declaración del Parque Natural de Las Batuecas-Sierra de Francia, que afecta total o parcialmente a catorce términos municipales de esta sierra salmantina.
Un posterior análisis del medio natural realizado de la zona reveló la existencia de áreas adyacentes de gran interés natural e histórico en el municipio de San Martín del Castañar, lo que hizo aconsejable la iniciación de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para este municipio, con el fin de lograr una correcta preservación de sus valores naturales y su ulterior inclusión en el Parque Natural de Las Batuecas-Sierra de Francia.
Mediante la Orden MAM/396/2005, de 11 de marzo, se acordó la iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para este término municipal. Para la tramitación y aprobación de este instrumento de planificación se han seguido los trámites previstos en el artículo 32 de la citada Ley 8/1991, de 10 de mayo.
Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales son instrumentos de ordenación del territorio, según dispone el apartado d) del artículo 5 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León y, como tales tienen los efectos previstos en el artículo 26 del citado cuerpo legal en cuanto a su naturaleza, objetivos y vinculación.
Este decreto se dicta al amparo de las competencias atribuidas a la Comunidad de Castilla y León en el artículo 34.1.9.ª de su Estatuto de Autonomía.
Este Plan ha sido sometido al conocimiento de la Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 85/2007, de 23 de agosto, por el que se crea y regula Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de noviembre de 2007
DISPONE:
Artículo único. Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de San Martín del Castañar (Salamanca).
Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de San Martín del Castañar (Salamanca), que está integrado por:
Inventario. Consta de un catálogo de los recursos naturales del Espacio Natural y su correspondiente diagnóstico.
Anexo I: Parte dispositiva. Incluye las directrices de ordenación de los recursos naturales y la normativa de aplicación.
Anexo II: Cartografía. Incluye el mapa de límites y zonificación.
Procediéndose a la publicación íntegra de los Anexos I y II, hallándose el Inventario en la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Anexos
Omitidos.