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  • EDICIÓN DE 13/11/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA COMARCA DEL MONCAYO

13/11/2007
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Decreto 265/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo, el Plan Rector de Uso y Gestión y los límites del Parque Natural del Moncayo (Ref. Iustel §019275 Vínculo a legislación) (BOA de 12 de noviembre de 2007). Texto completo.

El Decreto 265/2007 modifica el Decreto 73/1998 para ampliar los límites del actual Parque Natural del Moncayo con terrenos situados en los términos municipales de Purujosa y Talamantes y modificar consecuentemente el ámbito del PORN de la comarca del Moncayo y el PRUG del Parque Natural del Moncayo.

El Decreto 73/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y se declara el Parque del Moncayo puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 265/2007, DE 23 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA COMARCA DEL MONCAYO, EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN Y LOS LÍMITES DEL PARQUE NATURAL DEL MONCAYO

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma, en virtud de lo dispuesto en su artículo 71.20ª, 21ª y 22ª, la competencia exclusiva en materia de “montes y vías pecuarias”, “espacios naturales protegidos, que incluye la regulación y declaración de las figuras de protección, la delimitación, la planificación y la gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón” y para el establecimiento de “normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje”, así como la competencia compartida establecida en el artículo 75.3ª en materia de “protección del medio ambiente que, en todo caso, incluye la regulación del sistema de intervención administrativa de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente, la regulación de los recursos naturales, la flora y fauna y la biodiversidad, la prevención y corrección en la generación de los residuos, de la contaminación atmosférica, del suelo y del subsuelo, así como el abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas.

La Ley 6/1998, de 19 de mayo, de espacios naturales protegidos de Aragón, contiene en su artículo 10, la figura de parque natural. La Ley 6/1998 reconoce en su artículo 19 la posibilidad de ampliar o reducir el ámbito territorial de estos espacios y, en su caso, de las zonas periféricas de protección, para lo que exige una norma de, al menos, el mismo rango que la de su declaración, salvo cuando los terrenos a incorporar sean propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón o sean voluntariamente aportados por sus propietarios para tal finalidad, en cuyo caso será suficiente el acuerdo del Gobierno de Aragón.

La Comunidad Autónoma de Aragón posee un amplio territorio caracterizado por contrastes, tanto altitudinales como climáticos. Esta variedad geoclimática propicia la aparición de variadas formaciones vegetales que van desde las nivales del Pirineo hasta las subdesérticas de la depresión del Ebro. Un claro exponente de la gradación altitudinal de la vegetación es el Sistema Ibérico, en el que destaca el macizo del Moncayo.

En la actualidad, formando parte de la Red Natural de Aragón se encuentra el Parque Natural del Moncayo. Se trata de uno de los primeros espacios naturales que se protegieron en el ámbito territorial aragonés, pues en el siglo pasado por Real Orden de 30 de julio de 1927, se declara el “Sitio Natural de Interés Nacional de la Dehesa del Moncayo”. Con posterioridad y al amparo de la Ley de Espacios Naturales de 1975 se creó el Parque Natural de la Dehesa del Moncayo por Real Decreto 3060/1978 de 27 de octubre. Con posterioridad se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (en adelante PORN) de la Comarca del Moncayo por Decreto 73/1998, del Gobierno de Aragón, cambiándose la denominación a Parque del Moncayo. Ese mismo año, en la disposición adicional segunda de la Ley 6/998, se reclasifica a la categoría de Parque Natural, adaptándolo a la normativa vigente. Finalmente, en aplicación del artículo 30 de la Ley 6/1998, se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión (en adelante PRUG) del Parque Natural del Moncayo, por Decreto 225/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón.

El artículo 19 de la Ley 6/1998 recoge los supuestos para la ampliación de un espacio natural protegido. En el caso que nos ocupa se dan las condiciones previstas en su apartado segundo, ya citadas en párrafo anterior. Por un lado, la superficie que se pretende incluir en el término municipal de Purujosa (Zaragoza) pertenece al Monte de Utilidad Pública número 48, denominado “Dehesa de la Sierra” y propiedad del Ayuntamiento de Purujosa. Estos terrenos son aportados de manera voluntaria por la propiedad, quedando patente en la sesión plenaria celebrada por la Asamblea Vecinal de Purujosa el 15 de febrero de 2004. Por otro lado, los terrenos a incorporar en el término municipal de Talamantes (Zaragoza) son, por una parte, el Monte de Utilidad Pública número 366, denominado “La Tonda” propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón, y por otra el Monte de Utilidad Pública número 60, denominado “Valdetreviño”, perteneciente al Ayuntamiento de Talamantes y aportado también voluntariamente por dicha entidad como consecuencia de la exposición pública del anteproyecto de Decreto.

Todos los terrenos que se pretenden incluir en el Parque Natural cumplen los requisitos mínimos a que hace referencia el artículo 7 de la Ley 6/1998 como se desprende de la memoria que sirve de base técnica al presente Decreto. En el caso de Purujosa se aportan formaciones de rebollar y carrascal en buen estado de conservación y de importancia como zona de alimentación de las importantes poblaciones de rapaces del sector meridional del Parque, así como la presencia de un yacimiento paleontológico de gran importancia para la caracterización faunística del periodo Cámbrico. En el caso de Talamantes se aportan terrenos mayoritariamente cubiertos de pinar procedente de repoblación en estado de fustal, donde se ha iniciado la integración ecológica del sistema con la penetración de especies autóctonas en el sotobosque, como carrascas, robles, acebos y arces, presentando enclaves de alta calidad y soportando gran diversidad faunística.

En el PORN de la Comarca del Moncayo se definen los límites del ámbito de aplicación del Plan, quedando los terrenos a incluir en Purujosa fuera del mismo, por lo que es necesaria su modificación, con el fin de hacer extensible a todo el conjunto del futuro Parque Natural los efectos y protecciones jurídicas de los PORN. Igualmente, a efectos de zonificación, se hace preciso modificar el PRUG, incluyendo las ampliaciones propuestas, a todos los efectos, en la zona de uso compatible.

A tal efecto, el presente Decreto tiene por objeto ampliar los límites del actual Parque Natural del Moncayo con terrenos situados en los términos municipales de Purujosa y Talamantes y modificar consecuentemente el ámbito del PORN de la comarca del Moncayo y el PRUG del Parque Natural del Moncayo.

De acuerdo con el Decreto 37/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, corresponde a este Departamento la conservación del medio natural y de la biodiversidad en lo referente a espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y fauna y flora silvestres.

Así las cosas, el contenido de la modificación del PORN, PRUG y los límites del Parque Natural del Moncayo han sido informados por el Patronato del Parque en su sesión del 15 de diciembre de 2004. Posteriormente se ha obtenido el informe favorable del Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón en su sesión de 30 de marzo de 2006, así como el informe favorable del Consejo de Ordenación del Territorio en su sesión celebrada el día 6 de abril de 2006. El expediente se ha sometido asimismo a un periodo de información pública y audiencia por plazo de un mes, estudiando todas las aportaciones e introduciendo las modificaciones pertinentes.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 23 de octubre de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación del ámbito territorial Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo.

1. Se modifica el apartado 1.-”Delimitación del ámbito territorial” del anexo del Decreto 73/1998, 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y se declara el Parque del Moncayo, sustituyéndolo por el texto recogido en el anexo 1 del presente Decreto.

2. Se modifica la tabla del apartado 3.3.-”Distribución de superficies por términos municipales” del anexo del Decreto 73/1998, 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y se declara el Parque del Moncayo, sustituyéndola por la recogida en el anexo 1 del presente Decreto.

Artículo 2. Modificación de los límites del Parque Natural del Moncayo.

Se modifica el apartado 3.2.-”Límites del Parque del Moncayo” del anexo del Decreto 73/1998, 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y se declara el Parque del Moncayo, sustituyéndolo por el texto recogido en el anexo 2 del presente Decreto.

Artículo 3. Modificación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo.

Se modifica el artículo 5 del anexo del Decreto 225/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo, sustituyendo el texto por el recogido en el anexo 3 del presente Decreto.

Artículo 4. Modificación de la cartografía.

1. Las modificaciones introducidas se contienen cartográficamente a escala 1:100.000 en el anexo 4 del presente Decreto.

2. Esta cartografía sustituye a la publicada en el apartado 6 del anexo del Decreto 73/1998, 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y se declara el Parque del Moncayo, en lo referente a su ámbito territorial y a los límites del Parque Natural, y a la publicada en el Decreto 225/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo en lo referente a su zonificación.

Disposición derogatoria única.-Derogación normativa.

Quedan derogados cuantas otras normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final primera.-Habilitación normativa.

Se faculta al Consejero Medio Ambiente para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO 1

1.-RELIMITACIÓN DEL ÁMBITO TERRITORIAL La superficie objeto del Plan de Ordenación ocupa veinticinco mil seiscientas veintidós hectáreas, que comprenden íntegramente los términos municipales de Los Fayos, San Martín de la Virgen del Moncayo, Litago, Lituénigo, Purujosa y Añón y parcialmente los términos municipales de Tarazona de Aragón, Trasmoz, Vera de Moncayo, Alcalá de Moncayo, Talamantes y Calcena, todos ellos en la provincia de Zaragoza. En su interior se encuentra el Parque Natural de la Dehesa del Moncayo.

La descripción literal de los límites es la siguiente:

Norte: Carretera nacional nº 122.

Este: Términos municipales de Torrellas y Santa Cruz del Moncayo, carretera local de Tarazona de Aragón a Vera de Moncayo, Carretera local de Vera a Añón, términos municipales de Alcalá de Moncayo y Ambel, pista de Talamantes a Ambel por el barranco de los Moros, camino de la fuente de la Menera, término municipal de Trasobares.

Sur: Río Isuela y término municipal de Calcena.

Oeste: Términos municipales de Borobia, Beratón, Cueva de Agreda, Agreda, Vozmediano, y de nuevo Agreda, todos ellos en la provincia de Soria, y Carretera Nacional nº 122.

3.3.-DISTRIBUCIÓN DE SUPERFICIES POR TÉRMINOS MUNICIPALES.

Término Superficie Área Parque

municipal término PORN

Ha Ha % T.M. Ha % T.M. % P. Nat.

Alcalá de Moncayo 1.375 392 28,5 % 0 0 %

Añón 6.409 6.409 100 % 3.865 60,3 % 34,9 %

Calcena 6.504 3.280 50,4 % 1.302 20,0 % 11,8 %

Litago 1.529 1.529 100 % 112 7,3 % 1,0 %

Lituénigo 1.122 1.122 100 % 18 1,6 % 0,2 %

Los Fayos 387 387 100 % 0 0 %

Purujosa 3.556 3.556 100 % 2.981 83,83 % 27,0 %

S. Martín V.M. 516 516 100 % 35 6,8 % 0,3 %

Talamantes 4.687 1.748 37,3 % 1002 19,3 % 8,2 %

Tarazona 24.195 4.645 19,2 % 1.510 6,2 % 13,7 %

Trasmoz 1.808 1.490 82,4 % 319 17,6% 2,9 %

Vera de Moncayo 2.738 548 20,0 % 0 0%

TOTAL 54.829 25.622 46,7 % 11.144 20,1 % 100 %

ANEXO 2

3.2. LIMITES DEL PARQUE DEL MONCAYO

(La descripción literal de los límites se realiza en el sentido de las agujas del reloj)

Límite norte: Desde el Collado de Castilla se desciende por el límite provincial entre Zaragoza y Soria hasta la carretera de Vozmediano, se toma ésta hacia Agramonte, descendiendo a continuación por la carretera de San Martín, hasta una curva pronunciada hacia el Oeste. Desde esta curva se toma la pista de acceso al cortafuegos del límite del M.U.P. nº 251 “Dehesa del Moncayo” y se sigue por dicho límite hasta el puente de Matalapuente. Desde el puente se toma la pista que sube a la balsa de Valdegarcía y se continúa por la pista del límite entre los términos de San Martín y Lituénigo, hasta la carretera de Veruela. Se toma dicha carretera en dirección este, siguiéndola hasta el límite municipal entre Litago y Trasmoz que se toma, incluyendo la totalidad del Monte de La Mata de Trasmoz, hasta llegar de nuevo a la carretera de Veruela. Se sigue esta carretera de nuevo y después la pista de la central eléctrica de Morca hasta el puente de la acequia de Morca. Se sube por la acequia hasta el azud de la misma y se rodean desde allí los edificios de la central, hasta alcanzar el río Valdemanzano, descendiendo por él hasta el puente de la carretera de Añón. Desde el puente se asciende por la divisoria de Valdemanzano hasta la pista del Aula de la Naturaleza, siguiéndola en dirección Este hasta la siguiente divisoria. Desde la curva de la misma se baja en línea recta hasta el puente de la pista forestal junto al refugio de Hernanikoa, ascendiendo por dicha pista en dirección este hasta el cortafuegos de la divisoria de Morana. Se desciende por el cortafuegos hasta la pista de Morana, rodeando por ella la central eléctrica y cruzando el río por el vado, para seguir el camino que sube a las parideras de Morana. Desde este camino se toma la senda de la divisoria de La Pedrisca y se sigue por la pista nueva hasta la paridera de Picabrero. Desde ésta se desciende rodeando las fincas de la vaguada de Valdelinares, se cruza el Barranco de los Moros y se sigue rodeando fincas hasta descender de nuevo hasta el cauce del Barranco de los Moros que se toma hasta su confluencia con el barranco de Valdelinares (dicha confluencia se encuentra junto a la pista de Alcalá a Talamantes).

Límite Este: Por el barranco de Valdelinares se asciende hasta alcanzar unas fincas de cultivo con un corral y fuente, que se dejan fuera. Se asciende por la vaguada donde se sitúan hasta el Collado de Valdelinares, descendiendo por la vaguada del lado sur, para cruzar el Barranco de Valdeherrera y tomar el Barranco de la Lagunilla por el que se asciende en dirección sur (por el límite de la repoblación forestal). Al llegar al límite de la repoblación se asciende por la divisoria hasta el Cabezo de los Frailes (cota 1.414 m) y se toma la pista forestal hasta el Collado del Campo. Se toma la pista que entra en el barranco de Valdetreviño, dejándola a los 160 metros en dirección norte para rodear los enclavados del Campo. Se toma la pista de acceso al monte Fuendeherrera, hasta alcanzar el límite occidental del monte La Tonda. Este límite se sigue en su perímetro oeste, hasta alcanzar el límite con el Monte de Utilidad Pública número 70 “Valdetreviño, que se sigue asimismo por su perímetro oeste y norte hasta alcanzar la pista de acceso al depósito de agua de Talanantes. A continuación se asciende por dicha pista hasta el depósito, dejándolo fuera, y se continúa barranco arriba por el camino viejo de Valdetreviño, dejando fuera a mano izquierda una serie de pequeños huertos abandonados. Una vez superados éstos, el límite cruza hasta el sendero GR-90, por el que desciende hacia el norte hasta alcanzar el límite del monte de Valdetreviño, que se sigue a continuación en el resto de su perímetro norte, este y sur hasta su confluencia con el monte de La Tonda, cuyo perímetro norte, este y sur se sigue hasta volver a las proximidades del Collado del Campo. Una vez aquí se sigue por la divisoria de aguas que culmina en la Peña de los Moros, siguiendo desde ésta en dirección sur para cruzar el Barranco de Valdeplata y alcanzar el collado de la senda de Calcena. Desde el collado, se rodean las fincas por un afloramiento rocoso hasta alcanzar el borde de la masa de encinar. Siguiendo este borde por la divisoria de aguas se cruza el barranco y se asciende por vaguada hasta un collado situado junto al vértice de San José (1.048 m.) Desde este collado se toma el Barranco que desciende hacia el sur, siguiéndolo hasta llegar a la carretera de Purujosa.

Límite Sur: Se toma la carretera hasta el Barranco de la Virgen, subiendo por su cauce y rodeando el cerro donde se encuentra el núcleo urbano de Purujosa, saliendo de nuevo a la carretera a 1 Km. del puente del Barranco de la Virgen. El límite sigue la carretera de Beratón hasta cruzar el río Isuela junto a la fuente de la carrasca, tomando la divisoria norte de una vaguada con antiguas fincas de cultivo. Se rodean éstas, descendiendo de nuevo hasta un camino de acceso a la fuente. Se sigue en dirección sur hasta un barranco por cuyo fondo se asciende hacia el oeste hasta la pista que sube a Tres Mojones. Se sigue ésta en dirección sudeste hasta una serie de fincas particulares (parideras del Prado y próximas) que se rodean primero hacia el sur y luego hacia el oeste hasta cruzar el barranco de la Barraca. Se siguen bordeando fincas particulares hasta la pista de Matarranas que se sigue hasta una vaguadita que baja hacia el sudeste, cruzando el barranco de Barrosa y ascendiendo en la misma dirección hasta la pista que existe en la umbría, siguiéndola hacia el este hasta el límite municipal con Calcena. Este límite se toma en dirección Oeste hasta el límite provincial, que se continúa hacia el norte hasta las fincas que se encuentran en el Castillejo, de nuevo en el valle del Isuela. Estas fincas se bordean y, por pista y barranco se alcanza de nuevo la carretera de Beratón. El límite sigue la carretera de nuevo hasta el límite provincial.

Límite Oeste: El límite coincide con el límite provincial entre Zaragoza y Soria.

ANEXO 3

Modificación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo.

Artículo 5. Distribución superficial.

1. La distribución de la zonificación dentro del Parque Natural del Moncayo es la que consta en el mapa que se incorpora a este Plan Rector como Anexo I.

2. La distribución superficial de las diferentes zonas es la siguiente:

a) Zonas de Uso Limitado (U.L.): 4.547,36 Ha.

b) Zonas de Uso Compatible (U.C.): 6.277,00 Ha.

c) Zonas de Uso General (U.G.): 319,64 Ha.

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