ORDEN DE 5 DE NOVIEMBRE 2007 POR LA QUE SE DESARROLLA EL DECRETO 164/2005, DE 16 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN Y DETERMINAN LAS OFICINAS DE REGISTRO PROPIAS O CONCERTADAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, SE CREA EL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA XUNTA DE GALICIA Y SE REGULA LA ATENCIÓN AL CIUDADANO
El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, nuevos procedimientos, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, (procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia), y queda pues, habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1º, el siguiente procedimiento:
* TR 301K Solicitud para la programación de cursos del plan FIP para entidades colaboradoras.
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.