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  • EDICIÓN DE 02/11/2007
 
 

MOREIRO GONZÁLEZ, CARLOS J.: LAS CLÁUSULAS DE SEGURIDAD NACIONAL, Iustel, 248 Páginas, 2007

02/11/2007
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iustel presenta, dentro de su área editorial, la obra “Las cláusulas de seguridad nacional”, que analiza las cláusulas de seguridad nacional que ofrecen un acomodo singular de los diversos intereses en juego dentro de un Tratado, puesto que, junto con la protección del objeto en cuestión, evitan consecuencias traumáticas para las Partes, una vez cumplidos por éstas ciertos requisitos fundamentales.

Datos de la obra:

Título: LAS CLÁUSULAS DE SEGURIDAD NACIONAL

Autor: CARLOS J. MOREIRO GONZÁLEZ

Profesor Titular de Derecho Internacional Público

Cátedra J. Monnet de Derecho de la UE

Universidad Carlos III de Madrid

Prólogo de

FERNANDO M. MARIÑO MENÉNDEZ

Catedrático de Derecho Internacional Público

ISBN: 978-84-96717-63-3

Colección: Monografías

Formato y acabado: 21,5 x 14 cms. – Rústica con solapas

Páginas: 248

PVP.: 25,00 euros (con IVA), 24,04 euros (sin IVA)

Código: 0107040

Área: Internacional

Novedad: Octubre 2007

Reseña sobre la obra

La invocación por los Estados de razones vinculadas a la protección de la seguridad nacional es uno de los casos más paradigmáticos de la utilización de nociones jurídicas indeterminadas en el Derecho Internacional.

Una vez acotadas las dimensiones estrictamente jurídicas de dicha noción es preciso calibrar su impacto dentro del complejo mecanismo de la celebración de Tratados internacionales.

La práctica contemporánea incorpora, en este sentido, ciertas reglas que, inspiradas en disposiciones convencionales de finales del siglo XIX y principios del siglo XX, configuran una tipología específica bajo la denominación de “cláusulas de seguridad nacional”.

La relevancia funcional de estas cláusulas queda patente por su inclusión en innumerables Tratados que regulan ámbitos tan dispares como la protección internacional de los Derechos Humanos o del medio ambiente, el desarme, la utilización de los espacios y de los recursos naturales, la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado, etc.

Lejos de aparecer como un fenómeno puntual o propio de un estadio concreto de las transformaciones que ha experimentado la Sociedad Internacional, la utilización de las cláusulas de seguridad nacional cobra visos de convertirse en una práctica con vocación de permanencia. Al menos mientras los Estados sigan siendo los principales sujetos del Derecho Internacional y el grueso de sus relaciones de cooperación, o su propia coexistencia pacífica, se rijan mediante Tratados internacionales.

Las cláusulas de seguridad nacional ofrecen un acomodo singular de los diversos intereses en juego dentro de un Tratado, puesto que, junto con la protección del objeto en cuestión, evitan consecuencias traumáticas para las Partes, una vez cumplidos por éstas ciertos requisitos fundamentales. Aquí radica su principal atractivo jurídico.

Más información en este o en:

Teléfono: 902 208 801

Correo electrónico: cac@Iustel

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