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  • EDICIÓN DE 02/11/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2002

02/11/2007
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Orden de 9 de octubre de 2007, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 17 de septiembre de 2002, en relación con las autoliquidaciones por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (BOA de 31 de octubre de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE OCTUBRE DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2002, EN RELACIÓN CON LAS AUTOLIQUIDACIONES POR EL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.

La Orden de 17 de septiembre de 2002 del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo reguló el procedimiento para la presentación y el pago telemáticos de las autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como del resto de documentación exigida por las disposiciones reguladoras del tributo.

Ahora, con el fin de agilizar la tramitación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, presentadas por medios telemáticos, así como para garantizar la actuación de los presentadores en el cumplimiento de aquellas obligaciones tributarias que les hayan encomendado los correspondientes contribuyentes, o por éstos cuando presenten autoliquidaciones en que ellos mismos sean sujetos pasivos del impuesto, se ha llevado a cabo una modificación de la aplicación informática de presentación y pago telemáticos en lo referente al procedimiento de presentación de los documentos públicos o privados, comprensivos de los hechos imponibles, en los correspondientes Servicios Provinciales u Oficinas Liquidadoras.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 25.6 y 29 del Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio, y de las funciones atribuidas por el Decreto 93/2005, de 26 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, ORDENO:

Primero.-Modificación de la Orden de 17 de septiembre de 2002.

Se añade una nueva disposición adicional sexta a la Orden de 17 de septiembre de 2002, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula el procedimiento de presentación y pago telemático de autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones y se otorga el carácter de justificante del pago a los modelos 604 y 624, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional sexta.-Documento de relación por lotes de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados previamente presentadas por el procedimiento telemático.

1. A partir del día 1 de noviembre de 2007, los presentadores de autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por el procedimiento telemático, deberán generar, exclusivamente mediante la aplicación informática existente a tal efecto, un documento por lote en el que se relacionen dichas autoliquidaciones previamente presentadas de forma telemática. Dicho documento se presentará en los Servicios Provinciales del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo o en las Oficinas Liquidadoras correspondientes, junto con las autoliquidaciones que aparezcan relacionadas en ellos y los documentos, públicos o privados, comprensivos de los hechos imponibles.

2. El número máximo de autoliquidaciones relacionadas en un lote no podrá exceder de 35.

3. En el caso de haber presentado telemáticamente una sola autoliquidación, ésta también deberá ser relacionada como un lote.

4. El documento que incorpora la relación deberá emitirse por duplicado. Una de las copias será sellada y fechada por la oficina tributaria correspondiente, devolviéndose en el mismo acto de presentación al presentador. Esta copia sellada y fechada servirá de justificante de presentación frente a la Administración Tributaria.

5.-Las instrucciones para generar el documento de relación se encuentran disponibles en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es), accediendo, desde la entrada correspondiente a la Dirección General de Tributos del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, al denominado “Manual de Gestión de Lotes”

6.-No será necesaria la presentación del documento de relación, previsto en los apartados anteriores, cuando los documentos, públicos o privados, comprensivos de los hechos imponibles se hayan presentado, asimismo, telemáticamente. A tales efectos, los ficheros generados que contengan tales documentos deberán utilizar necesariamente formato de texto simple (TXT), texto enriquecido (RTF), programa “Word 7.0 de Microsoft” (DOC) o “Adobe Acrobat Reader” (PDF).

Segundo.-Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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