Recurso de inconstitucionalidad n.º 893-2003, en relación con el apartado decimoquinto del artículo 8 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
El Tribunal Constitucional, por Auto de 9 de octubre actual, ha acordado tener por desistida parcialmente a la Letrada de la Junta de Andalucía, del recurso de inconstitucionalidad núm. 893-2003, por lo que se refiere al apartado decimoquinto del art. 8 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, manteniéndose el recurso en el resto de impugnaciones. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 25 de marzo de 2003.
Madrid, 9 de octubre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6439-2007, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6439-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Toledo, en el juicio rápido núm. 1034/2007, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 10, 14, 17.1, 24.1 y 24.2 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, en el juicio rápido núm. 1034/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 9 de octubre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6883-2007, en relación con diversos artículos del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6883-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 208/2007, en relación con los artículos 153.1, inciso primero y 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el juicio rápido núm. 208/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 9 de octubre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.