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  • EDICIÓN DE 19/10/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 416/2006

19/10/2007
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Orden DEF/3033/2007, de 11 de octubre, por la que se modifica el despliegue de la Unidad Militar de Emergencias, que figura en el anexo IV del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias (BOE de 19 de octubre de 2007). Texto completo.

ORDEN DEF/3033/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL DESPLIEGUE DE LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS, QUE FIGURA EN EL ANEXO IV DEL REAL DECRETO 416/2006, DE 11 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN Y EL DESPLIEGUE DE LA FUERZA DEL EJÉRCITO DE TIERRA, DE LA ARMADA Y DEL EJÉRCITO DEL AIRE, ASÍ COMO DE LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS.

El Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias (UME), atribuye al Ministro de Defensa la competencia para establecer los planes de transición a las nuevas estructuras de la Fuerza de los Ejércitos, y le autoriza a modificar la estructura orgánica y el despliegue que figuran en sus anexos. En virtud de dicha autorización, mediante la Orden DEF/448/2007, de 27 de febrero, y la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio, se procedió a modificar determinados anexos del citado real decreto.

En este sentido, la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio, por la que se desarrolla el encuadramiento, organización y funcionamiento de la UME, estableció un nuevo anexo IV relativo al despliegue de la citada Unidad.

Finalmente, como consecuencia de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2007, de 3 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Canarias, que insta al Ministro de Defensa a que adopte las medidas necesarias para establecer en la Isla de Tenerife una unidad de intervención de la UME, que se sumará a la existente en la Isla de Gran Canaria, se hace preciso modificar nuevamente el anexo IV del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, relativo al despliegue de la UME.

En su virtud, en uso de las facultades que me confiere la disposición final primera.2 del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril,

DISPONGO:

Apartado único.-Modificación del despliegue de la Unidad Militar de Emergencias, que figura en el anexo IV del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias, modificado por la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio.

Se añade una nueva letra g) al apartado 4, referido al II Batallón de Intervención en Emergencias, en Morón (Sevilla), del anexo IV del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, con la siguiente redacción:

“g) Unidad de Intervención en Emergencias Naturales, en Los Rodeos-San Cristóbal de la Laguna (Santa Cruz de Tenerife).”

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo regulado en esta orden ministerial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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