DECRETO 100/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DEL PLAN DEL ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS EN CASTILLA Y LEÓN.
Mediante Acuerdo 78/2005 de 30 de junio, de la Junta de Castilla y León, se aprobó el denominado Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León 2005-2009, con la intención de convertir a Castilla y León en Líder mundial para el aprendizaje del Español a través de actividades vinculadas con el sector, tales como apoyo a academias de español, desarrollo tecnológico, creación de contenidos editoriales, alojamiento de alumnos y provisión de actividades de ocio.
Mediante Decreto 30/2006 de 7 de abril, se creó la Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León, con el motivo de responder a la necesidad de coordinar a los distintos agentes vinculados con el plan y crear canales de comunicación para todos ellos, asumiendo las funciones previstas en su artículo 4.
Por su parte, el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, establece una nueva estructura departamental de la Administración Autonómica que condiciona la composición de la Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León, como consecuencia del nuevo reparto de competencias.
Por otro lado, el Decreto 92/2007, de 20 de septiembre, ha creado la figura del Comisionado para la Lengua Española, para garantizar la protección y apoyo a la Lengua castellana, así como la eficacia de las actuaciones del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León.
Todo ello determina, en el presente momento, la necesidad de modificar el Decreto 30/2006 de 7 de abril, en lo relativo a la composición de la Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León, para ajustarla a las necesidades y estructuras administrativas actuales y así obtener una mayor eficacia en la gestión de sus objetivos.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de octubre de 2007
DISPONE
Artículo único. Modificación del Decreto 30/2006 de 7 de abril, por el que se crea la Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León.
El artículo 2 del Decreto 30/2006 de 7 de abril, por el que se crea la Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León, quedará redactado como sigue:
Artículo 2. Composición.
La Comisión de Coordinación del Plan del Español para Extranjeros de Castilla y León estará formada por los siguientes miembros:
A) Presidente: El Presidente de la Junta de Castilla y León.
B) Vicepresidente primero: El titular de la Consejería de Cultura y Turismo.
C) Vicepresidente segundo: El titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación.
D) Vocales y Secretario:
El Comisionado para la Lengua Española
El titular de la Viceconsejería de Economía.
El titular de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo.
El titular de la Secretaría General de la Consejería de Fomento.
El titular de la Dirección General de Turismo.
El titular de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa.
El titular de la Dirección General de Políticas Migratorias y Cooperación al Desarrollo.
El titular de la Dirección General de Telecomunicaciones.
El titular de la Dirección General de Innovación y Modernización Administrativa.
El titular de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Acción Exterior.
El titular de la Dirección General de Universidades e Investigación.
El titular de la Dirección General de Promoción e Instituciones Culturales.
Un representante de las entidades siguientes:
Instituto Castellano y Leonés de la Lengua.
EXCAL, S.A.
Fundación Siglo para las Artes en Castilla y León, que actuará como Secretario de la Comisión.
Hasta un máximo de dos representantes de empresas y fundaciones relacionadas con el Plan del Español para Extranjeros, designados por el Presidente de la Comisión a propuesta del Comisionado para la Lengua Española.
Los cuatro rectores de las Universidades Públicas de Castilla y León.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.