Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/10/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 134/2005

17/10/2007
Compartir: 

Decreto 129/2007, de 11 de octubre, de modificación del Decreto 134/2005, de 28 de diciembre, de aprobación de los Estatutos de Puertos de las Illes Balears (BOCAIB de 16 de octubre de 2007). Texto completo.

DECRETO 129/2007, DE 11 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 134/2005, DE 28 DE DICIEMBRE, DE APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS.

Mediante el artículo 21 de la Ley 10/2008, de 21 de junio, de Puertos de las Illes Balears, se creó el Ente Puertos de las Illes Balears quedando adscrito a la Consejería competente en materia de puertos.

Por el Decreto 24/2007, de 30 de marzo (BOIB núm. 57, de 17-4-07), se modificaron determinados artículos del Decreto 134/2005, de 28 de diciembre, de aprobación de los Estatutos de la entidad, afectando entre otros al artículo 1.3 de este decreto en cuanto a la sede de Puertos de las Illes Balears.

El mencionado artículo 1.3 establece, asimismo, que el ente queda adscrito a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, lo que es necesario modificar después de la entrada en vigor del Decreto 11/2007, de 11 de julio , del Presidente de las Illes Balears (BOIB num. 104, de 12-07-07), por el cual Puertos de las Illes Balears ha pasado a integrase en la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente.

El presente Decreto se dicta en ejecución del que prevé el artículo 26.2 de la Ley de Puertos de las Illes Balears, que faculta al Gobierno para modificar los estatutos de la entidad, a propuesta de su Consejo de administración, el cual aprobó el proyecto de modificación de los estatutos en sesión de 25 de septiembre de 2007.

Por todo eso, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en sesión de 11 de octubre de 2007, DECRETO

Artículo 1

Se modifica el apartado 3 del artículo 1, el cual tendrá la siguiente redacción:

‘El ente queda adscrito a la Consejería de Medio Ambiente y tiene su sede en la calle Vicente Tofiño, 36 (Son Rossinyol), Coll d’en Rabassa, Palma’.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que se establece en el presente Decreto.

Disposición final.

Este Decreto entra en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana