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  • EDICIÓN DE 09/10/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 177/2003

09/10/2007
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Decreto 174/2007, de 5 de octubre, del Consell, por el que modifica el Decreto 177/2003, de 12 de septiembre, del Consell, por el que se creó la Distinció de la Generalitat (DOCV de 8 de octubre de 2007). Texto completo.

DECRETO 174/2007, DE 5 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE MODIFICA EL DECRETO 177/2003, DE 12 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE CREÓ LA DISTINCIÓ DE LA GENERALITAT.

Mediante el Decreto 177/2003, de 12 de septiembre, del Consell, se modificó el Decreto 28/1986, de 10 de marzo, del Consell, por el que se creaba la Alta Distinció de la Generalitat, suprimiendo el límite que, en cuanto a su concesión, establecía el artículo 4 de la mencionada norma y ampliando los supuestos en que procedía su concesión.

En el apartado 3 de su artículo único, como reconocimiento honorífico, creó la Distinció de la Generalitat, que el Consell otorgaría a los heridos y secuestrados en actos terroristas; a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y policía autonómica y local, que se hubiesen distinguido en actuaciones concretas en la lucha contra el terrorismo; a las entidades, asociaciones y, en su caso, personas que hubiesen realizado notorias actividades dirigidas a paliar situaciones personales o colectivas de las víctimas, y de sus familiares más cercanos y, finalmente, de modo colectivo o individual, a quienes salvasen personas en grave riesgo como consecuencia de catástrofe o de cualquier otra situación, o bien colaborasen de modo determinante en el restablecimiento de la normalidad en zonas siniestradas.

La Generalitat, sensible a los fenómenos que puedan redundar en una mayor cohesión social, entiende necesario reconocer la importante labor meritoria de aquellas personas físicas o jurídicas que en el desarrollo de su actividad han destacado por sus valores de convivencia, humanismo, compromiso con la solidaridad y ayuda a los demás.

Por ello se estima adecuado modificar el Decreto 177/2007, de 12 de septiembre, del Consell, a fin de dar cabida al reconocimiento social de la labor que éstos desarrollan.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 33 de la Ley del Consell, a propuesta del President de la Generalitat y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de octubre de 2007, DECRETO:

Artículo único

Se modifica el apartado 3 del artículo único del Decreto 177/2003, de 12 de septiembre, del Consell, que tendrá la siguiente redacción:

“3. Se crea, como reconocimiento honorífico, la Distinció de la Generalitat, que se otorgará, por el Consell, a los heridos y secuestrados en actos terroristas, a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y policía autonómica y local, que se hayan distinguido en actuaciones concretas en la lucha contra el terrorismo.

Asimismo, podrá otorgarse a las entidades, asociaciones y, en su caso, personas que hayan realizado notorias actividades dirigidas a paliar situaciones personales o colectivas de las víctimas, y de sus familiares más cercanos.

Se harán también acreedores a recibir la Distinció de la Generalitat, de modo colectivo o individual, quienes salven personas en grave riesgo como consecuencia de catástrofe o de cualquier otra situación, o bien colaboren de modo determinante en el restablecimiento de la normalidad en zonas siniestradas, así como a aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que hayan destacado por sus valores de convivencia, humanismo, compromiso con la solidaridad y ayuda a los demás”.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Queda derogado el Decreto 177/2003, de 12 de septiembre, del Consell, en cuanto se oponga al presente decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

El presente decreto, que tendrá efecto retroactivo, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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