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  • EDICIÓN DE 04/10/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 101/1999

04/10/2007
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Decreto 228/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 101/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial (BOA de 3 de octubre de 2007). Texto completo.

DECRETO 228/2007, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 101/1999, DE 3 DE SEPTIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO PARA LA POLÍTICA TERRITORIAL.

El Decreto 101/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, creó la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial regulando su composición y funciones.

Posteriormente, este Decreto fue modificado por el Decreto 51/2002, de 19 de febrero, con una triple finalidad. Por un lado, la profunda transformación llevada a cabo en la organización territorial de la Comunidad Autónoma, tras el proceso de comarcalización, hacía necesario adaptar el cuerpo del Decreto, tanto para incorporar su referencia textual, como para matizar las funciones de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial en relación con la comarcalización. Por otra parte, determinadas actuaciones de política de desarrollo rural de gran incidencia en Aragón determinaron la conveniencia de contar con la presencia en el seno de la Comisión Delegada de Política Territorial de la visión sectorial proveniente de la Agricultura, lo que indujo a posibilitar la presencia del Consejero responsable de esta materia como miembro de pleno derecho de la Comisión Delegada. Finalmente, la promulgación, con carácter de normativa básica, del Real Decreto 2/2001, de 11 de enero, por el que se regulaba la aplicación de la iniciativa comunitaria “Leader Plus” y los programas de desarrollo endógeno de grupos de acción local, requería atribuir a un órgano aragonés la capacidad de designación de la representación aragonesa en el Organismo intermediario previsto por este Real Decreto, función que asumió la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial mediante la modificación del Decreto.

El Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, crea la Vicepresidencia del Gobierno y el Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, al que se atribuyen las competencias hasta el momento asignadas al anterior Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales en materia de política territorial.

El Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón crea, en el seno del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, la Dirección General de Ordenación del Territorio.

Esta nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón hace necesaria una modificación formal del Decreto 101/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se creó la Comisión Delegada del Gobierno para Política Territorial, para adecuar la adscripción y composición de la misma a la nueva estructura departamental aprobada por Decreto de 6 de julio de 2007, y con la nueva estructura orgánica básica de la Administración aprobada por Decreto 112/2007.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 18 de septiembre de 2007,

DISPONGO:

Artículo único.-Modificación.

El artículo 3º del Decreto 101/1999, de 3 de septiembre, queda redactado de la siguiente forma:

1. La Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial corresponde al Presidente del Gobierno de Aragón, quien podrá delegar en el Vicepresidente del Gobierno de Aragón.

2. Formarán parte de la Comisión como Vocales el Vicepresidente del Gobierno de Aragón, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, el Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, el Consejero de Agricultura y Alimentación y el Consejero de Medio Ambiente

3. Actuará como Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, el Director General de Ordenación del Territorio.

4. La Comisión se adscribe orgánicamente al Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, que prestará la asistencia técnica necesaria para la organización de sus reuniones y la gestión administrativa dimanante de sus acuerdos.

Disposición Final

Entrada en vigor.-El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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