ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2007 POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE POSGRADO CONDUCENTES AL TÍTULO DE MÁSTER O DE DOCTOR.
El Decreto 66/2007, de 29 de marzo, por el que se establece el procedimiento de autorización para la implantación de estudios universitarios oficiales de posgrado conducentes al título de máster o de doctor, determina el correspondiente marco y establece los requisitos mínimos exigibles para solicitar la implantación de estas enseñanzas.
Los artículos 4 y 5 de este decreto establecen los datos que debe contener la solicitud, así como la documentación complementaria que debe acompañar a la misma; disponiendo el artículo 5, que los correspondientes modelos serán regulados por orden de la consellería competente en materia universitaria.
Se procede por tanto, a través de esta orden, a la aprobación de los modelos de impresos para la autorización de la implantación de los estudios oficiales de posgrado en las universidades del Sistema Universitario de Galicia relativos a la solicitud y documentación complementaria, según prevé la disposición adicional segunda del Decreto 66/2007, de 29 de marzo.
En el anexo I se establece el impreso oficial de solicitud de autorización para la implantación de estudios oficiales de posgrado, en el que se debe hacer constar la denominación del programa, los títulos a los que conduce y el responsable del programa así como la documentación que se adjunta con la solicitud. En el anexo II se regula el contenido concreto de la memoria justificativa a que se refiere el artículo 5.1º D) del mencionado Decreto 66/2007.
Por todo esto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidencia,
DISPONGO:
Artículo único.-Se aprueban los modelos de impresos oficiales a los que se refieren los artículos 4 y 5 del Decreto 66/2007, de 29 de marzo, por el que se establece el procedimiento de autorización para la implantación de estudios universitarios oficiales de posgrado conducentes al título de máster o de doctor, que se adjuntan como anexo I y anexo II de esta orden.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Anexos omitidos.