Recurso de inconstitucionalidad n.º 6084-2007, en relación con diversos artículos de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
El Pleno Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de julio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6084-2007, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados contra los arts. 27.1, 27 bis.1 a), 34, 35, 37, 56.2 y apartados tercero y cuarto del art. 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada respectivamente por los apartados 26, 27, 30, 31, 33, 59 y 64 del art. único de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5568-2007, en relación con el artículo 184.2, de la Ley de las Cortes de Aragón 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y con la disposición final segunda de la Ley de las Cortes Generales 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5568-2007 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Huesca, en el procedimiento núm. 515/06, en relación con el art. 184.2 de la Ley de las Cortes de Aragón 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y con la disposición final segunda de la Ley de las Cortes Generales 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, por posible vulneración del art. 149.1.18 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento de 515/06, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Conflicto positivo de competencia n.º 2790-2007, en relación con el Acuerdo de 21 de marzo de 2007, del Director Territorial de Territorio y Vivienda de la Comunitat Valenciana, por el que se ratifica la orden de suspensión cautelar de las obras correspondientes al proyecto Planta desaladora para garantizar los regadíos del trasvase Tajo-Segura.
El Pleno del Tribunal Constitucional por Auto de 24 de julio actual, ha acordado en el conflicto positivo de competencia núm. 2790-07 interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, mantener la suspensión del acuerdo de 21 de marzo de 2007 del Director Territorial de Territorio y Vivienda de la Comunitat Valenciana por el que se ratifica la orden de suspensión cautelar de las obras correspondientes al proyecto Planta desaladora para garantizar los regadíos del trasvase Tajo-Segura, cuya suspensión se produjo con la admisión del mencionado conflicto y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 99, de 25 de abril de 2007.