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  • EDICIÓN DE 02/08/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO DE PEDAGOGOS

02/08/2007
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Resolución JUS/2379/2007, de 19 de julio, de modificación de los Estatutos del Colegio de Pedagogos de Cataluña (DOGC de 1 de agosto de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN JUS/2379/2007, DE 19 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO DE PEDAGOGOS DE CATALUÑA.

Visto el expediente de modificación de los Estatutos del Colegio de Pedagogos de Cataluña del cual resulta que en fecha 6 de julio de 2007 se presentó la documentación prevista en el artículo 46 de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales sobre la modificación del segundo parágrafo del artículo 1.1.3 de los Estatutos, aprobada en junta general del Colegio de fecha 10 de marzo de 2007;

Vistos el Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía; la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, la Resolución de 11 de mayo de 1999, de publicación de las relaciones de procedimientos administrativos regulados por la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2898, de 28.5.1999), y los Estatutos colegiales vigentes declarados adecuados a la legalidad por Resolución JUS/2979/2002, de 11 de octubre (DOGC núm. 3746, de 23.10.2002), y por Resolución JUI/1473/2003, de 16 de mayo (DOGC núm. 3890, de 25.5.2003);

Dado que la modificación del segundo parágrafo del artículo 1.1.3 de los Estatutos se adecua a la legalidad;

Considerando que el presente expediente ha sido promovido por una persona legitimada, que se han aportado los documentos esenciales y que se han cumplido todos los trámites establecidos;

De acuerdo con lo que disponen los artículos 79 y 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas,

Resuelvo:

.1 Declarar la adecuación a la legalidad del segundo parágrafo del artículo 1.1.3 de los Estatutos del Colegio de Pedagogos de Cataluña a la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales y disponer su inscripción al Registro de colegios profesionales de la Generalidad de Cataluña;

.2 Disponer que esta modificación se publique en el DOGC, en el anexo de esta Resolución.

Anexo

Modificación del segundo parágrafo del artículo 1.1.3 de los Estatutos del Colegio de Pedagogos de Cataluña

Segundo parágrafo del artículo 1.1.3

Su domicilio será, mientras no se decida lo contrario, el de la calle Vallirana, núm. 69, bajos 2, de la ciudad de Barcelona.

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