DECRETO FORAL 54/2007, DE 2 DE JULIO, POR EL QUE SE DEROGAN LAS DISPOSICIONES CON RANGO DE DECRETO FORAL A TRAVÉS DE LAS CUALES SE INSTRUMENTARON LAS AYUDAS CONTEMPLADAS EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE NAVARRA 2000-2006.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el marco establecido por el Reglamento (CE) número 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), y por el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2000-2006, aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra 27 de diciembre de 1999, se dictaron diversas disposiciones para instrumentar las ayudas al desarrollo rural contempladas en los mismos.
El Reglamento (CE) número 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece el nuevo marco de ayudas al desarrollo rural y deroga el Reglamento (CE) número 1257/1999. En el marco de este nuevo reglamento se ha elaborado el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013, que ha sido aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 7 de mayo de 2007.
Las normas reguladoras de las ayudas al desarrollo rural para el periodo 2007-2013 han sido aprobadas mediante las correspondientes Ordenes Forales del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, al amparo de la Disposición Final Segunda del Decreto Foral 67/2006, de 2 de octubre, por la que se le faculta para establecer las normas reguladoras de las subvenciones total o parcialmente financiadas por los fondos europeos agrícolas.
Una vez establecido el nuevo marco regulador de las ayudas al desarrollo rural para el periodo 2007-2013, razones de seguridad jurídica aconsejan derogar expresamente las disposiciones con rango de decreto foral a través de las cuales se instrumentaron las ayudas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural 2000-2006.
En consecuencia, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dos de julio de 2007,
DECRETO:
Artículo único._Disposiciones derogadas.
1. Quedan derogadas las siguientes normas:
a) Decreto Foral 162/2000, de 17 de abril, por el que se establecen ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores.
b) Decreto Foral 163/2000, de 17 de abril, por el que se instrumentan las ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2000-2006.
c) Decreto Foral 227/2003, de 19 de junio, por el que se regulan las ayudas al cese anticipado de la actividad agropecuaria.
d) Decreto Foral 148/1991, de 11 de abril, por el que se regula la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas.
e) Decreto Foral 721/2003, de 29 de diciembre, por el que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de la indemnización compensatoria en las zonas desfavorecidas de Navarra.
2. No obstante, continúan vigentes los compromisos y obligaciones asumidos por los beneficiaros de las ayudas otorgadas al amparo de las normas derogadas en el apartado anterior, así como los compromisos de pago de carácter plurianual derivados de las mismas.
Disposición final. Entrada en vigor.
El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.