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REORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL

04/07/2007
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Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 24/2007, de 2 de julio, de reorganización de la Administración Regional (BORM de 3 de julio de 2007). Texto completo.

DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA NÚMERO 24/2007, DE 2 DE JULIO, DE REORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL.

El artículo 5.3 de la Ley 6/2007, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes, así como establecer el orden de prelación entre las mismas.

En obligada respuesta al Programa de Gobierno que ha obtenido la confianza mayoritaria de la Asamblea Regional, procede reorganizar la estructura departamental de la Administración Regional de acuerdo con las líneas maestras de gobierno diseñadas en el referido Programa.

En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas Dispongo:

Artículo 1.º La Administración de la Región de Murcia se organiza en las Consejerías que continuación se citan y con el Orden de Prelación que asimismo se indica - Consejería de Hacienda y Administración Pública - Consejería de Presidencia -Consejería de Economía, Empresa e Innovación - Consejería de Agricultura y Agua - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes -Consejería de Sanidad - Consejería de Educación, Ciencia e Investigación - Consejería de Empleo y Formación - Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración - Consejería de Turismo y Consumo - Consejería de Cultura, Juventud y Deportes - Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio

Artículo 2.º La Consejería de Hacienda y Administración Pública es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las materias financiera, presupuestaria, recaudatoria, fiscal, patrimonial, interventora, contable, gestión presupuestaria de Fondos Europeos, sin perjuicio de las competencias que en esta materia estén atribuidas a otras Consejerías; función pública, organización administrativa, inspección y calidad de los servicios; sistemas de información y comunicaciones; servicios automovilísticos y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente Al titular de este Departamento se le atribuyen la Secretaría del Consejo de Gobierno y la Presidencia de la Comisión de Secretarios Generales, la Portavocía Adjunta del Gobierno, la coordinación del proceso de transferencias de competencias del Estado y, por delegación del Presidente, la Presidencia de las Comisiones Delegadas del Consejo de Gobierno.

Quedan adscritos a esta Consejería los Organismos Autónomos Imprenta Regional y Agencia Regional de Recaudación Artículo 3.º La Consejería de Presidencia es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de Administración Local; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad; Fundaciones y Colegios Profesionales, sin perjuicio de las competencias que en esta materia estén atribuidas a otras Consejerías; Asociaciones; Espectáculos Públicos y Taurinos y relaciones con las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región Asimismo se le atribuyen las competencias en materia de radiodifusión y televisión y las infraestructuras de ambas; acción exterior, relaciones con la Unión Europea; cooperación al desarrollo, comunicación, protocolo y relaciones institucionales y la Ciudad de los Contenidos Digitales.

Igualmente, le competen la elevación al Consejo de Gobierno, en materia de recursos administrativos, cuya resolución correspondan legalmente al mismo y en materia de nombramientos de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles y Corredores de Comercio para plazas radicadas en el territorio de la Región de Murcia y su participación en la fijación de demarcaciones correspondientes a los mismos y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente Al titular de la Consejería se le atribuye la condición de Portavoz del Gobierno Regional y de representante del mismo en la Junta de Portavoces de la Asamblea Regional.

Queda adscrita a este Departamento, la Empresa Pública Regional Radiotelevisión Murciana

Artículo 4.º La Consejería de Economía, Empresa e Innovación es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de fomento de la economía y apoyo empresarial; planificación económica regional, en especial el impulso, coordinación y seguimiento de los grandes planes y proyectos de inversión, singulares, estratégicos o de gran repercusión para la Comunidad Autónoma; planificación en materia de Fondos Europeos; industria, energía y minas; innovación y desarrollo tecnológico; sociedad de la información y tele- comunicaciones, incluidas la planificación informática y la coordinación de redes.

Igualmente, le corresponden las competencias en materia de comercio y artesanía; Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación; precios autorizados y defensa de la competencia y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Queda adscrito a esta Consejería el Ente Público Instituto de Fomento de la Región de Murcia Artículo 5.º La Consejería de Agricultura y Agua es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de agricultura, ganadería, pesca y agua así como las que la normativa vigente le atribuye como organismo autorizado para el pago de los gastos correspondientes a la Política Agraria Común (Organismo Pagador); las relativas a la investigación y desarrollo tecnológico en los sectores agrario, forestal y alimentario; la investigación en materia de pesca, marisqueo, acuicultura marina, alguicultura y cualquier otra forma de cultivo industrial, así cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Están adscritos a dicha Consejería el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA); la Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia (ESAMUR) y el Ente Público del Agua de la Región de Murcia.

Artículo 6.º La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes es el departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de vivienda, arquitectura, urbanismo, carreteras y transportes y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Quedan adscritos a este Departamento el Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda y Suelo de la Región de Murcia y la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia.

Artículo 7.º La Consejería de Sanidad es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de sanidad, higiene, ordenación farmacéutica, coordinación hospitalaria general, incluida la de la Seguridad Social, así como en materia de drogodependencias. Asimismo ejercerá las competencias de ejecución en materia de productos farmacéuticos y de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tenga legalmente atribuidas y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Queda adscrito a esta Consejería, la Empresa Pública Servicio Murciano de Salud.

Artículo 8.º La Consejería de Educación, Ciencia e Investigación es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de educación reglada en todos sus niveles, universidades; fomento y coordinación general de la investigación científica, así como cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Artículo 9.º La Consejería de Empleo y Formación es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de trabajo; empleo, mediante la intermediación y orientación laboral; fomento de políticas activas de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Quedan adscritos a esta Consejería el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia y el Servicio Regional de Empleo y Formación.

Artículo 10.º La Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción y protección de la familia; políticas de la mujer, infantil y de la tercera edad; instituciones de protección y tutela de menores respetando, en todo caso, la legislación civil, penal y penitenciaria; promoción e integración de los inmigrantes, emigrantes, discapacitados y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Quedan adscritos a este Departamento los siguientes Organismos Autónomos: Instituto Murciano de Acción Social e Instituto de la Mujer de la Región de Murcia Artículo 11.º La Consejería de Turismo y Consumo es el Departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de turismo; consumo, puertos, costas y actividades náuticas y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Artículo 12.º La Consejería de Cultura, Juventud y Deportes es el departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de cultura, deportes y juventud y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente A esta Consejería queda adscrito el Organismo Autónomo Instituto de la Juventud de la Región de Murcia y las Empresas Públicas Murcia Cultural y Centro de Alto Rendimiento de la Región de Murcia.

Artículo 13.º La Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio es el departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de medio ambiente, en especial, la coordinación y ejecución de la Estrategia Regional de Desarrollo Sostenible, siendo la autoridad competente para la aplicación de las Directivas y de los Reglamentos Comunitarios en la materia.

Asimismo le corresponden las competencias en materia de energía renovables, uso y eficiencia energéticas; ordenación del territorio y protección civil y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Disposición transitoria El personal afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en el presente Decreto seguirá percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que venían imputándose, hasta que se proceda a las correspondientes modificaciones presupuestarias.

Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposiciones finales

Primera.- Por el Consejo de Gobierno o por el titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, según proceda, se efectuarán las modificaciones organizativas y presupuestarias que sean precisas para la ejecución del presente Decreto.

Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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