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  • EDICIÓN DE 14/05/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 273/2004

14/05/2007
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Decreto 55/2007, de 8 de mayo, de modificación del Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, sobre la prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años y a las personas con discapacidad que presenten determinadas condiciones clínicas (DOCM de 11 de mayo de 2007). Texto completo.

DECRETO 55/2007, DE 8 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 273/2004, DE 9 DE NOVIEMBRE, SOBRE LA PRESTACIÓN DE ATENCIÓN DENTAL A LA POBLACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA CON EDADES COMPRENDIDAS ENTRE 6 Y 15 AÑOS Y A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN DETERMINADAS CONDICIONES CLÍNICAS.

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 12 de noviembre de 2004, se publicó el Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, sobre prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años. Mediante este Decreto se implantaba en Castilla-La Mancha un programa de Atención Dental Infanto-juvenil y se regulaba su implantación gradual desde los 6 hasta los 15 años. Asimismo se regulaba la prestación de ortodoncia a quienes cumplieran, al menos, una de las condiciones clínicas, que figuran en el articulo 9 del Decreto 273/2004.

Por Decreto 34/2006, de 28 de marzo, de modificación del Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, se extendieron las prestaciones previstas en el Decreto 273/2004 a quienes en 2006 cumplieran 8 y 9 años y a quienes cumplieran al menos una de las condiciones clínicas previstas en el artículo 9 del Decreto 273/2004, en este caso sin límite de edad.

Para el año 2007 el Consejo de Gobierno considera conveniente extender las prestaciones del Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, a quienes cumplan 10, 11 y 12 años. Asimismo, se prevé para el año 2008 su implantación a quienes cumplan 13, 14 y 15 años. En consecuencia, en 2008 se completará la implantación total del programa para las edades de 6 a 15 años, ambos años incluidos.

En su virtud, previo informe favorable del Consejo de Salud de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Sanidad y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de mayo de 2007,

Dispongo:

Artículo único- Modificación del Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, sobre la prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años y a las personas con discapacidad que presenten determinadas condiciones clínicas.

El Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, sobre la prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años y a las personas con discapacidad que presenten determinadas condiciones clínicas, queda modificado como sigue:

Uno. El titulo de la “Disposición adicional.- Implantación del programa para las edades de 8 y 9 años”, queda redactado como sigue:

“Disposición adicional primera.-Implantación del programa para las edades de 8 y 9 años.”

Dos. Incorporación de la siguiente disposición adicional:

“Disposición adicional segunda.-Implantación del programa para las edades de 10,11 y 12 años. Durante el año 2007 se incorporarán al Programa de Atención Dental Infanto-juvenil regulado en este Decreto quienes cumplan 10,11 y 12 años”.

Tres. Incorporación de la siguiente disposición adicional:

“Disposición adicional tercera.- Implantación del programa para la edad de 13,14 y 15 años.

Durante el año 2008 se aplicará también el Programa de Atención Dental Infanto-juvenil regulado en este Decreto a quienes cumplan 13, 14 y 15 años”.

Disposición transitoria

Sin perjuicio de lo previsto en la disposición final de este Decreto, lo dispuesto en el punto dos de su artículo único tendrá efecto retroactivo desde el uno de enero de 2007.

Disposición final

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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