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  • EDICIÓN DE 30/04/2007
 
 

PROYECTO REGIONAL “CIUDAD DEL MEDIO AMBIENTE”

30/04/2007
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Ley 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” (BOCYL de 27 de abril de 2007). Texto completo.

LEY 6/2007, DE 28 DE MARZO, DE APROBACIÓN DEL PROYECTO REGIONAL “CIUDAD DEL MEDIO AMBIENTE”.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I El Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” tiene por objeto la creación de un espacio singular que integre instituciones de I+D+i, en especial en el campo de la preservación del medio ambiente, junto con actividades empresariales y de servicios y usos residenciales, tomando como criterios rectores la máxima integración en el entorno y la sostenibilidad del desarrollo. Plasmación de esos criterios son la condición ejemplar del asentamiento mismo y una metodología capaz de cumplir, y de mostrar didácticamente cómo se aplican, los criterios ecológicos, territoriales, sociales, económicos y científicos que han de definir un asentamiento sostenible contemporáneo.

El Proyecto Regional se desarrolla sobre el paraje “Soto de Garray” situado a lo largo del curso del río Duero, al noroeste de la ciudad de Soria.

Este ámbito pertenece al término municipal de Garray (481,83 Ha.) y en menor medida al de Soria capital (70,65 Ha.). La selección del emplazamiento se fundamenta en la oportunidad que representa el Proyecto para conservar y poner en valor un paisaje natural tan relevante, y al mismo tiempo en su continuidad con el suelo urbanizable de Garray, en su cercanía al núcleo urbano de Soria y en sus óptimas condiciones de accesibilidad.

A mayor escala, ha de tenerse presente que el Valle del Duero ha sido identificado como “Corredor Territorial” en el Proyecto de Ley de Directrices Esenciales de Ordenación del Territorio de Castilla y León (directriz 2.4); es decir, uno de los elementos estructurantes o ejes vertebradores de la Comunidad, “que comparten un potencial multisectorial de servicio a la red de centros urbanos y a sus interacciones con las Comunidades vecinas”, por lo que se considera estratégico para el desarrollo futuro de la Castilla y León (directriz 1.5).

En los últimos tiempos, las actividades vinculadas a la protección del medio ambiente y al desarrollo de la sociedad del conocimiento (I+D+i) se encuentran entre los sectores más dinámicos de la economía europea y en especial de Castilla y León. No en vano han sido seleccionados como dos de los grandes ejes que estructuran el Programa Operativo FEDER en Castilla y León para el periodo 2007-2013. Por ello constituyen los ámbitos más adecuados a través de cuya potenciación será posible impulsar social, cultural y económicamente a la provincia de Soria, la de menor densidad de población de la Comunidad, contribuyendo a atraer actividades empresariales generadoras de empleo de alta cualificación, como estrategia esencial en la lucha contra la despoblación.

II Los Proyectos Regionales, regulados en los artículos 20 a 25 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, tienen por objeto planificar y proyectar la ejecución de las infraestructuras, servicios, dotaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social, que se consideren de interés para la Comunidad. De acuerdo con el artículo 20.2 de la citada Ley, para su aprobación es necesario justificar el interés general de las actuaciones previstas, ya sea a causa de su magnitud o características o porque la influencia del Proyecto trascienda claramente el ámbito local.

En este caso, la opción por la figura del Proyecto Regional se basa en el alto interés social de la iniciativa, ya que no solo se planifica el área, sino que por su carácter experimental se pretende la ejecución inmediata de las infraestructuras, servicios y dotaciones previstas. En cuanto a la incidencia supramunicipal y el interés social, se justifican mediante la combinación de los siguientes argumentos:

– Los usos principales, investigación industrial y educación dirigida al desarrollo del medio ambiente, tienen en sí mismos interés social e implican un uso público del espacio; y los usos residenciales asociados pretenden ejemplificar una nueva manera de asentamiento habitacional en armonía con el medio ambiente y por tanto tienen interés social como experiencia novedosa y de investigación sobre nuevas formas de habitar.

– También son de interés social y supralocal los objetivos institucionales de impulsar social, cultural y económicamente a Soria y atraer actividades empresariales, así como el valor de modelo de la planificación, la protección de elementos naturales y culturales de interés, la mejora y puesta en valor del entorno ambiental y la dotación de vivienda protegida.

Las determinaciones exigidas para los Proyectos Regionales en el artículo 23 de la Ley de Ordenación del Territorio se desarrollan en la documentación del Proyecto, compuesta de Memoria, Normativa, y Planos de Información y Ordenación.

Conforme al artículo 24.6 de la Ley 10/1998, modificado por la Ley 14/2006, de 4 de diciembre, “la Junta de Castilla y León aprobará el… Proyecto Regional, si procede, mediante Decreto… Cuando se trate de un… Proyecto Regional de excepcional relevancia para el desarrollo social o económico de Castilla y León, la Junta de Castilla y León podrá aprobarlo como Proyecto de Ley…”.

El Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” debe considerarse de excepcional relevancia para el desarrollo tanto social como económico de Castilla y León, ya que constituye un modelo pionero tanto a nivel nacional como internacional. Sus efectos socioeconómicos serán relevantes a corto, medio y largo plazo, por varias razones:

– Por permitir el asentamiento de empresas de tecnologías innovadoras en materia de medio ambiente, creando empleo directo e indirecto de alta cualificación y constituyendo un núcleo tecnológico industrial de referencia en España.

– El Proyecto apuesta por demostrar los efectos de la utilización de energías renovables: la Ciudad será autosuficiente en la generación de la energía que necesite, usando por primera vez la biomasa forestal como combustible para atender todas las demandas urbanas de calor.

Anexo

Omitido.

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