Conflicto positivo de competencia n.º 2790-2007, en relación con el Acuerdo de 21 de marzo de 2007, del Director Territorial de Territorio y Vivienda de la Comunitat Valenciana, por el que se ratifica la Orden de suspensión cautelar de las obras correspondientes al proyecto Planta desaladora para garantizar los regadíos del Trasvase Tajo-Segura.
El Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de abril actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 2790-2007, promovido por el Gobierno de la Nación en relación con el Acuerdo de 21 de marzo de 2007 del Director Territorial de Territorio y Vivienda de la Comunitat Valenciana por el que se ratifica la Orden de suspensión cautelar de las obras correspondientes al proyecto Planta desaladora para garantizar los regadíos del Trasvase Tajo-Segura. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Acuerdo impugnado, desde el 27 de marzo de 2007, fecha de interposición del conflicto.
Madrid, 17 de abril de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.