ACUERDO DE 20 DE ABRIL DE 2007, DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LA SALA DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, POR EL QUE SE HABILITA EL REGISTRO GENERAL DEL TRIBUNAL SUPREMO Y LA SECRETARÍA DE LA SALA DEL ARTÍCULO 61 LOPJ PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS RECURSOS CONTENCIOSO-ELECTORALES QUE PUDIERAN INTERPONERSE, LOS DÍAS 2, 3, 4 Y 5 DE MAYO DE 2007, ASÍ COMO LAS ALEGACIONES ATINENTES A LOS MISMOS.
Atendida la previsible actuación de la Sala del art. 61 LOPJ entre los días 2 a 5 de mayo actual para conocer de los recursos contencioso-electorales que puedan interponerse al amparo del art. 49.5, en relación con el art. 44, ambos de la LO 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, en ejercicio de las facultades que confiere a esta Presidencia el art. 160 de la LOPJ, dispongo:
Habilitar todas las horas de los días 2, 3, 4 y 5 del mes de mayo de 2007 el Registro General del Tribunal Supremo y la Secretaría de la Sala del art. 61 LOPJ. Todos ellos sin interrupción, a los solos efectos de posibilitar la presentación de los recursos referidos, así como las alegaciones atinentes a los mismos que pudieran tener lugar dentro de los plazos fijados por dicha Ley.
Publíquese este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.