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MODELO 032

13/04/2007
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Orden de 27 de marzo de 2007, por la que se aprueba el modelo 032 de Carta de Pago de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengados con ocasión de importación de bienes (BOC de 12 de abril de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE MARZO DE 2007, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 032 DE CARTA DE PAGO DE LOS TRIBUTOS DERIVADOS DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS DEVENGADOS CON OCASIÓN DE IMPORTACIÓN DE BIENES.

El Convenio de colaboración establecido entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Administración Tributaria Canaria para la creación de una ventanilla única aduanera y de importación y exportación en Canarias, VEXCAN, tiene por objeto el establecimiento de un procedimiento único y conjunto de presentación de declaraciones por medios telemáticos a fin de efectuar los despachos de importación y exportación relativos a los tributos derivados del Régimen Económico Fiscal de Canarias, así como para realizar el despacho aduanero de las mercancías que sean objeto de entrada o salida en el territorio de las Islas Canarias.

En este ámbito se enmarca la necesidad, en coordinación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de posibilitar el ingreso a través de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de las deudas tributarias en período voluntario de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengadas con ocasión de las importaciones de bienes.

En virtud de todo ello,

DISPONGO:

Primero.- Se aprueba el modelo 032 de Carta de Pago de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengados con ocasión de importación de bienes, que figura como anexo de la presente Orden.

Segundo.- El ingreso en período voluntario del importe de las deudas relativas a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias que se efectúen a través del modelo de Carta de Pago 032 se deberá realizar necesariamente en las entidades de créditos colaboradoras en la recaudación, de acuerdo con el sistema centralizado de pago en período voluntario de los tributos citados previsto en el Convenio de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Canarias para la creación de una Ventanilla Única Aduanera de presentación telemática de declaraciones de importación y exportación y aduaneras en Canarias.

Tercero.- La presente Orden entrará en vigor en la fecha que determine el Director General de Tributos como entrada en funcionamiento del módulo de importaciones de la “Ventanilla Única de presentación de declaraciones de importación y exportación y aduaneras en Canarias”.

Anexos

Omitidos.

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