Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/04/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 83/2006

13/04/2007
Compartir: 

Decreto 65/2007, de 2 de abril, por el que se modifica el Decreto 83/2006, de 20 de junio, que crea los Premios “Símbolos Institucionales de Canarias” (BOC de 12 de abril de 2007). Texto completo.

DECRETO 65/2007, DE 2 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 83/2006, DE 20 DE JUNIO, QUE CREA LOS PREMIOS “SÍMBOLOS INSTITUCIONALES DE CANARIAS”.

El Decreto 83/2006, de 20 de junio, creó los Premios “Símbolos Institucionales de Canarias” con la finalidad de promover la difusión de nuestros símbolos de identidad como Comunidad Autónoma, esto es, la bandera, el escudo y el himno, y resaltar la dignidad de los mismos.

El artículo 2 del citado Decreto establece las siguientes categorías y cuantías para los citados Premios: a) Primer premio dotado con una cuantía de 3.000 (tres mil) euros; b) Segundo premio dotado con una cuantía de 2.000 (dos mil) euros; c) Tercer premio dotado con una cuantía de 1.000 (mil) euros.

La dotación de las tres categorías del Premio se ha considerado insuficiente para alcanzar el objetivo marcado inicialmente por el Decreto 83/2006. El incremento de la cuantía total del Premio queda justificado con el objeto de favorecer la revitalización de las señas de identidad del Pueblo Canario, valorando en su justa medida la importancia que para todos los canarios tienen los símbolos de su Comunidad; contribuyendo, de este modo, a potenciar y dignificar el uso de los símbolos por los canarios y su sentimiento de canariedad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día de 2 de abril de 2007,

DISPONGO:

Artículo único.- Se modifica el apartado 1 del artículo 2 del Decreto 83/2006, de 20 de junio, por el que se crean los Premios “Símbolos Institucionales de Canarias”, que quedará redactado como sigue:

“Artículo 2.- Premios y menciones.

1.- Los Premios “Símbolos Institucionales de Canarias” tendrán las siguientes categorías y cuantías:

a) Primer premio dotado con una cuantía de 15.000 (quince mil) euros.

b) Segundo premio dotado con una cuantía de 9.000 (nueve mil) euros.

c) Tercer premio con una cuantía de 6.000 (seis mil) euros.

La cuantía anual destinada a la totalidad de los premios no podrá ser superior a 30.000 (treinta mil) euros.”

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana