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INCENDIOS FORESTALES

02/04/2007
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Decreto 16/2007, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre Incendios Forestales (Infocant) (BOCA de 30 de marzo de 2007). Texto completo.

DECRETO 16/2007, DE 15 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA SOBRE INCENDIOS FORESTALES (INFOCANT).

La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, como complemento y desarrollo de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, incluyó entre los riesgos susceptibles de originar una situación catastrófica, y que por ello debían ser objeto de planificación especial, el concerniente a los incendios forestales, debido a la posibilidad de que los incendios puedan generar consecuencias desastrosas para la vida y la integridad física de las personas y para el conjunto de elementos vulnerables situados en el contorno. La misma Norma Básica señala en su apartado 7.2 que los planes especiales se elaborarán de acuerdo con las Directrices Básicas relativas a cada riesgo.

Por Orden del Ministerio del Interior de 2 de abril de 1993 se aprobó la Directriz Básica de planificación de Protección Civil de emergencia por incendios forestales, que tiene por objeto establecer los criterios mínimos que habrán de seguir las distintas Administraciones Públicas en la confección de este tipo de planes especiales, con la finalidad de prever un sistema que haga posible, en su caso, la coordinación y la actuación conjunta de los distintos servicios y Administraciones implicadas.

Por su parte, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Cantabria (PLATERCANT), en el marco competencial que el ordenamiento jurídico atribuye a la Comunidad Autónoma, prevé específicamente la necesidad de elaborar un plan autonómico para hacer frente al riesgo derivado de posibles incendios forestales dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Los incendios forestales constituyen un grave problema de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tanto por los daños que ocasionan de modo inmediato en las personas y en los bienes, como por la grave repercusión que tiene sobre el medio ambiente la destrucción de extensas masas forestales, lo que contribuye a degradar las condiciones básicas para asegurar la necesaria calidad de vida de la población.

Dentro de este marco se aprobó el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre incendios forestales (INFOCANT), mediante el Decreto 61/2001, de 31 de julio, que materializó la previsión orgánico-funcional, así como los mecanismos de intervención eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles, con el fin de limitar las consecuencias de aquellos sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.

En aras de una mayor operatividad, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la implantación del Plan, la experiencia adquirida durante este período y la obligación de efectuar las adecuaciones pertinentes para su ajuste a la realidad del momento, se hace necesario modificar algunos extremos del mismo.

Para dar cumplimiento a los objetivos que persigue el INFOCANT, esté se ha estructurado en seis capítulos:

En el primer capítulo se define el marco legal, el objeto del plan, su vigencia y su ámbito de aplicación.

En el segundo capítulo se realiza un estudio del riesgo de incendios forestales mediante la zonificación del territorio y el establecimiento de las épocas de peligro que aporte información para la previsión de medidas y estrategias de intervención a fin de eliminar o hacer frente a las situaciones de emergencia producidas por un incendio forestal.

El tercer capítulo tiene como objeto establecer la estructura y funciones organizativas para la dirección y coordinación de las actuaciones necesarias en situaciones de emergencia.

En el cuarto capítulo se describe la operatividad y los procedimientos de movilización de medios y recursos de acuerdo con la titularidad jurídica y competencias de las distintas Administraciones Públicas.

El quinto capítulo se refiere a los medios y recursos disponibles.

El sexto capítulo tiene por objeto definir las condiciones de implantación, mantenimiento y revisión del propio Plan. En consecuencia, este capítulo establece los criterios en base a los cuáles se proyecta la viabilidad y eficacia del INFOCANT a lo largo del tiempo.

Este nuevo Plan Especial de Protección Civil sobre incendios forestales fue informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria con fecha 20 de julio de 2006 y fue homologado por la Comisión Permanente de la Comisión Nacional de Protección Civil con fecha 28 de noviembre de 2006.

En su virtud, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo y previa deliberación del mismo, en su reunión del día 15 de febrero de 2007,

DISPONGO

Artículo único.

Se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre incendios forestales (INFOCANT) que se incorpora como anexo al presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Se faculta al consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo para realizar cuantas actuaciones y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC.

Anexos

Omitidos.

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