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MODIFICACIÓN DEL DECRETO 352/1999

23/03/2007
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Decreto 68/2007, de 20 de marzo, de modificación del Decreto 352/1999, de 13 de diciembre, por el que se crea la Comisión interdepartamental del sida en Cataluña (DOGC de 22 de marzo de 2007). Texto completo.

DECRETO 68/2007, DE 20 DE MARZO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 352/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DEL SIDA EN CATALUÑA.

Por Decreto 352/1999, de 13 de diciembre (DOGC núm. 3040, de 22.12.1999), se creó la Comisión interdepartamental del sida en Cataluña, con la función de facilitar la adopción y la implementación de las medidas necesarias para evitar la propagación de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana, la mejora de la calidad de vida de las personas infectadas y la continuidad en la instauración de un entorno favorable para aceptar las personas afectadas.

Las modificaciones en la estructura de la organización de los departamentos de la Generalidad hacen necesaria la adaptación y revisión de la composición de la Comisión interdepartamental del sida en Cataluña con el fin de garantizar la adecuada representación de todos los agentes implicados en la consecución de sus objetivos. Así mismo, su composición debe visualizar la participación de los grupos de mujeres en la promoción de la salud con el fin de contribuir al reconocimiento del valor de su experiencia y la adjudicación de un mayor control sobre las decisiones que afecten su salud.

Por todo, de conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta de la consejera de Salud y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se modifica el artículo 3 del Decreto 352/1999, de 13 de diciembre, por el que se crea la Comisión interdepartamental del sida en Cataluña, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3

“3.1 La Comisión se compone de las personas miembros siguientes:

“Presidencia: el consejero o consejera de Salud.

“Vicepresidencia primera: el secretario o secretaria general del Departamento de Salud, que sustituye al/a la presidente/a en caso de ausencia.

“Vicepresidencia segunda: el secretario o secretaria general del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

“Vocalías:

“El director o directora general de Salud Pública del Departamento de Salud, que ejercerá las funciones de Secretaría de la Comisión.

“El director o directora del Programa para la Prevención y la Asistencia del Sida, que ejercerá las funciones de Secretaría adjunta de la Comisión.

“El director o directora del Centro de Estudios Epidemiológicos sobre las Infecciones de Transmisión Sexual y Sida de Cataluña (CEEISCAT).

“Dieciséis personas, con categoría de director/a general o asimilado/ada, en representación de los departamentos de la Generalidad de Cataluña, designadas por el consejero o consejera correspondiente, de acuerdo con la siguiente distribución: tres del Departamento de Acción Social y Ciudadanía; dos de los departamentos de Salud, de Cultura y Medios de Comunicación y de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y una de los departamentos de la Presidencia, de Educación, de Gobernación y Administraciones Públicas, de Justicia, de Trabajo, de Economía y Finanzas, y de Innovación, Universidades y Empresa.

“Una persona en representación del Instituto Catalán de las Mujeres, designada por su presidente o presidenta.

“Una persona en representación de la Federación Catalana de Organizaciones No Gubernamentales de Servicios en Sida, y una persona en representación de la Asociación Comité Primero de Diciembre. Plataforma Unitaria de ONG-SIDA de Cataluña, designadas por el consejero o consejera de Salud, a propuesta de cada una de las organizaciones.

“Una persona en representación de la Red de sida y mundo local, designada por el consejero o consejera de Salud, a propuesta de la Red.

“Dos personas en representación de la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas y dos personas en representación de la Federación de Municipios de Cataluña, designadas por el consejero o consejera de Salud, a propuesta de cada una de las entidades asociativas de los entes locales de Cataluña.

“3.2 La persona titular del Departamento de Salud, a propuesta de la propia Comisión, podrá designar otras personas que, por su formación o experiencia en la lucha contra el sida, se considere conveniente que se integren como miembros de la Comisión.”

Disposición final

Única

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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