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  • EDICIÓN DE 22/03/2007
 
 

CONCESIÓN DE DERECHOS A LOS AGRICULTORES

22/03/2007
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Resolución de 1 de febrero de 2007, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se desarrollan disposiciones de aplicación en la Comunidad Autónoma de Andalucía respecto a las comunicaciones de cesión de derechos de ayuda de pago único en 2007, en los términos establecidos en el Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único (BOJA de 21 de marzo de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE FEBRERO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL FONDO ANDALUZ DE GARANTÍA AGRARIA, POR LA QUE SE DESARROLLAN DISPOSICIONES DE APLICACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA RESPECTO A LAS COMUNICACIONES DE CESIÓN DE DERECHOS DE AYUDA DE PAGO ÚNICO EN 2007, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL REAL DECRETO 1617/2005, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DE DERECHOS A LOS AGRICULTORES DENTRO DEL RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO.

El Régimen de pago único previsto en el Título III del Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, se aplica en España desde el 1 de enero de 2006.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mediante el Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del Régimen de Pago Único, modificado por el Real Decreto 549/2006, de 5 de mayo, y por el Real Decreto 1582/2006, de 30 de diciembre, establece con carácter de normativa básica, las comunicaciones de cesiones de derechos de ayuda de pago único y solicitudes a la reserva nacional que los agricultores podrán presentar ante la Administración.

La Consejería de Agricultura y Pesca, mediante la Orden por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía disposiciones para la aplicación de determinados regímenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2007/2008, de los regímenes de ayuda comunitarios a la ganadería para el año 2007, del régimen de pago único para el año 2007, de la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas para el año 2007 y del régimen de ayudas a los métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente para el año 2007, dispone que se deberá presentar comunicaciones de cesión de derechos de ayuda de Pago Único, modificación de denominaciones o datos indentificativos de los agricultores, así como solicitudes de acceso a la reserva nacional.

En virtud de los antecedentes expuestos y con el objetivo de agilizar la tramitación de las comunicaciones de cesión de derechos de ayuda de pago único y solicitudes a la reserva nacional de los agricultores, y dar la máxima difusión de las mismas entre los interesados de conformidad con lo dispuesto en el R.D. 1617/2005, RESUELVO:

Primero. 1. Los agricultores cuyos derechos hayan sufrido cambio de titularidad como consecuencia de una Herencia, Compraventa, Fusión, Escisión, Cambio de Personalidad Jurídica, o Arrendamiento de derechos de ayuda, y deseen que se le tengan en cuenta a efectos de la actualización de la asignación de sus derechos de pago único, deberán presentar las correspondientes comunicaciones de cesión de derechos para el año 2007 ante la Administración.

2. Los agricultores que hayan efectuado modificaciones en su denominación o en los datos identificativos que obren en la Base de Datos de los Derechos de Pago Único, aun y cuando no alteraran la personalidad jurídica, 3. Los agricultores que cumplan las condiciones establecidas en el art. 9 bis del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, podrán solicitar derechos de ayuda procedentes de la reserva nacional en el año 2007.

Segundo. Los impresos de comunicación de cesión de derechos de ayuda de pago único, de modificación de la denominación o de datos identificativos, así como las solicitudes de derechos de ayuda a la reserva nacional, junto con la documentación obligatoria a presentar en cada caso, se encuentran a disposición de los interesados en las Delegaciones Provinciales y en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca.

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