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VII PREMIO DEL CENTRO ANDALUZ DE LAS LETRAS AL FOMENTO DE LA LECTURA

19/03/2007
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Resolución de 26 de febrero de 2007, de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, por la que se convoca el VII Premio del Centro Andaluz de las Letras al Fomento de la Lectura (BOJA de 16 de marzo de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE FEBRERO DE 2007, DE LA EMPRESA PÚBLICA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, POR LA QUE SE CONVOCA EL VII PREMIO DEL CENTRO ANDALUZ DE LAS LETRAS AL FOMENTO DE LA LECTURA.

La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, ente público adscrito a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, convoca el VII Premio del Centro Andaluz de las Letras al Fomento de la Lectura.

La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como entidad de derecho público, tiene encomendadas, de conformidad con el Decreto 46/1993, de 20 de abril, entre otras funciones, las de promoción de iniciativas públicas y privadas en relación con las materias sectoriales de la Consejería de Cultura.

De conformidad con la Disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los premios culturales se rigen por un régimen especial, que deberá ajustarse al contenido de dicha Ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con al artículo 87.3.d) del Tratado constitutivo de la Unión Europea donde se recoge la compatibilidad con el mercado común de este tipo de medidas, el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas, a propuesta de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental de la Junta de Andalucía, teniendo en cuenta las facultades conferidas en el artículo 11.1, apartados f) e i), del Decreto 46/1993, de 20 de abril, por el que se constituye efectivamente la empresa y se aprueba su Reglamento General, D I S P O N G O 1.º Objeto y finalidad.

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio del Centro Andaluz de las Letras al Fomento de la Lectura, estableciendo el marco de concesión, actuación y régimen jurídico del mismo.

La finalidad del presente premio es el reconocimiento a cualquier persona física, entidad pública o privada que se haya distinguido especialmente en el campo del fomento de la lectura y la promoción del libro como fuente de cultura y conocimiento.

2.º Beneficiarios.

Podrán concurrir a la convocatoria de este premio todas aquellas personas o entidades públicas o privadas que desarrollen una labor continuada y de calidad, en cualquier ámbito, relacionada con el fomento de la lectura y que tengan su sede o actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no hayan sido premiados con antelación.

3.º Descripción e importe del premio.

El premio anual “Centro Andaluz de las Letras al Fomento de la Lectura” está dotado con 6.010 euros que habrán de destinarse obligatoriamente al desarrollo de actividades dentro de este ámbito. El premio estará sujeto, en su caso, a las retenciones legales vigentes.

Igualmente, se podrá otorgar una o varias menciones de honor a labores de mecenazgo cultural en el campo del fomento de la lectura, mediante la concesión de uno o varios galardones honoríficos consistentes en un distintivo denominado “Cal de Plata”.

El premio será concedido a un único candidato salvo que concurran circunstancias excepcionales apreciadas por el Jurado a que se refiere el apartado 5 de esta convocatoria.

Este premio podrá declararse desierto, si el Jurado considera que las solicitudes formuladas no reúnen los méritos necesarios.

4.º Lugar, plazo y forma de presentación de candidaturas.

4.1. Las candidaturas, junto con la documentación anexa, se presentarán en la sede del Centro Andaluz de las Letras, C/ Císter, 14, 3º E, 29015, Málaga; sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Si el día de vencimiento fuese inhábil, el plazo se prorrogará al siguiente día hábil.

Quienes utilicen para la presentación de las solicitudes algunas de las vías establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán además, simultáneamente, comunicarlo al Centro Andaluz de las Letras mediante fax (951 308 184) o telegrama dentro de los plazos establecidos.

4.2. Las candidaturas se cursarán en el modelo que se inserta como Anexo I a la presente convocatoria. La presentación de candidaturas supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente convocatoria.

4.3. Las candidaturas, firmadas por el candidato o el representante legal de la entidad aspirante al premio, deberán acompañarse de los siguientes documentos:

a) En el caso de personas físicas, Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento que acredite la identidad del solicitante.

b) En el caso de entidades, documento acreditativo de la personalidad jurídica de la misma y Tarjeta de Identificación Fiscal, así como Documento Nacional de Identidad del representante autorizado de la entidad y documento acreditativo de su representación.

c) Certificado de empadronamiento del candidato o acreditación de la sede o actividad en Andalucía.

d) Memoria en la que se describan los méritos alegados en el campo del fomento de la lectura, detallando las actividades realizadas y programas desarrollados, los colectivos beneficiarios, los resultados alcanzados de forma cuantificada, así como las fechas y lugares donde se han llevado a cabo.

Esta memoria podrá acompañarse de material gráfico o audiovisual.

Asimismo, deberá enviarse una copia de esta memoria por correo electrónico a la dirección [email protected].

e) Declaración expresa de no estar incurso en los supuestos que impiden ser beneficiario de premios conforme al art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, conforme al Anexo II.

5.º Valoración y propuesta de adjudicación.

5.1. La valoración de las candidaturas será llevada a cabo por un Jurado presidido por la Directora General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, e integrada por:

- El Director del Centro Andaluz de las Letras.

- Tres miembros de la Comisión Asesora del Centro Andaluz de las Letras.

- El ganador del Premio al Fomento de la Lectura del Centro Andaluz de las Letras del año 2006.

- El responsable del Centro Andaluz de las Letras, que actuará como secretario.

5.2. El Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios para la concesión del Premio:

- La relevancia e interés de la actividad desarrollada en el campo del fomento de la lectura.

- La colaboración en el programa de actividades desarrollado de otros agentes relacionados con el mundo del libro y la lectura: escritores, editoriales, imprentas, traductores, bibliotecarios, etc.

- La repercusión en la Comunidad Autónoma de Andalucía de los programas de fomento de la lectura llevados a cabo.

5.3. El fallo del Jurado será inapelable y recaerá en el plazo máximo de tres meses, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.

6.º Resolución de concesión.

El VII Premio “Centro Andaluz de las Letras al fomento de la lectura” se adjudicará mediante Resolución del Director Gerente de la Empresa Pública de Gestión.

Queda supeditada la concesión a la aceptación expresa del beneficiario, que deberá remitir, por escrito, al Centro Andaluz de las Letras, en el plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Junto al escrito de aceptación, se deberá presentar acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de no ser deudor por cualquier otro ingreso de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como estar al corriente de las obligaciones fiscales frente al Estado, en su caso mediante autorización para la cesión de datos, y de las de Seguridad Social. En caso de no comunicar dicha aceptación y/o de no enviar esta documentación, se entenderá que se renuncia al premio.

7.º Entrega del premio.

El premio al que se refiere la presente convocatoria, consistente en 6.010 euros y “Cal de Plata” para la modalidad de mecenazgo cultural en el fomento de la lectura, se entregará en torno al Día Internacional del Libro, en acto público al que estará obligado a asistir la persona o entidad galardonada.

En el caso de que el galardón recaiga en una entidad o persona jurídica, la asistencia será obligatoria por parte tanto del representante legal de la misma como del ejecutor material de la labor premiada. En todo caso, será este último el que efectuará la recepción física del premio en este acto.

8.º Obligaciones.

8.1. El candidato premiado deberá acreditar, dentro del año natural de la concesión, el destino aplicado al importe de este premio de acuerdo con el punto tercero de esta convocatoria.

En el caso de que esta obligación no se cumpla, aquél deberá devolver el importe íntegro del premio.

8.2. Deberá hacerse constar la concesión del premio en cualquier publicidad que se realice sobre las actividades objeto del mismo, así como en las publicaciones y productos finales resultantes del desarrollo de dichas actividades, mediante el texto: “Es una colaboración del Centro Andaluz de las Letras”, junto al logotipo de esta institución, acreditando su cumplimiento mediante el envío de al menos una copia de cada uno de los elementos utilizados (folletos, carteles, etc.) a la dirección del Centro Andaluz de las Letras.

9.º Publicidad.

La concesión del premio se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en las páginas web de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales y del Centro Andaluz de las Letras.

Lo que se hace público para su conocimiento general.

Anexos

Omitidos.

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