ORDEN AEC/550/2007, DE 14 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CREAN LAS OFICINAS CONSULARES HONORARIAS, EN LA CIUDAD DE HUE Y EN LA CIUDAD DE DA NANG (REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM).
Las razones que justifican la creación de una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Hue y otra en la ciudad de Da Nang son, por un lado, la lejanía de la capital política y administrativa, Hanoi, con escasas conexiones aéreas y también el atractivo turístico de ambas ciudades, lo que supone que casi todo el turismo español que visita Vietnam incluye a estas ciudades en sus recorridos. Por ello, parece conveniente y necesaria la creación de sendas Oficinas Consulares Honorarias de España en estas dos ciudades, con el fin de poder prestar a los ciudadanos españoles la asistencia que necesiten.
Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Hanoi y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para Asia y Pacífico, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Hue (República Socialista de Vietnam), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en la provincia de Thua Thien y dependiente de la Embajada de España en Hanoi.
Segundo.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Da Nang (República Socialista de Vietnam), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en la provincia de Da Nang, y en las provincias de Quang Nam; Kom Tum; Binh Dinh; Quang Ngai; Gia Lai y Phu Yen, y dependiente de la Embajada de España en Hanoi.
Tercero.-Los Jefes de ambas Oficinas Consulares Honorarias tendrán, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.