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  • EDICIÓN DE 06/03/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN FORAL 83/2005

06/03/2007
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Orden Foral 4/2007, de 24 de enero, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 83/2005, de 26 de abril, del Consejero de Educación que desarrolla el Decreto Foral 369/1999, de 13 de septiembre, que regula la organización y el funcionamiento de la Inspección de Educación del Departamento de Educación (BON de 5 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN FORAL 4/2007, DE 24 DE ENERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 83/2005, DE 26 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN QUE DESARROLLA EL DECRETO FORAL 369/1999, DE 13 DE SEPTIEMBRE, QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN.

Al objeto de adecuar las áreas específicas de trabajo de la Inspección a las nuevas necesidades del Servicio, es preciso proceder a la modificación de la norma que los regula para poder dar así una respuesta adecuada a dichas necesidades.

Se mantiene el mismo número de áreas que figura en el artículo 19.6 de la citada Orden, pero modificando la denominación de alguna de ellas.

El Director del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios presenta informe favorable para la modificación de esta Orden Foral.

En virtud de las facultades atribuidas en el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Primero._Modificar el artículo 19.6 de la Orden Foral 83/2005, de 26 de abril, del Consejero de Educación, que tendrá la siguiente redacción:

“Área de Convivencia, Necesidades Educativas Específicas, Atención a la Diversidad, Formación Profesional, Nuevas Tecnologías, Centros, Formación del Profesorado, Directores Escolares, Educación Infantil, Actividades y Servicios Complementarios, Tratamiento de datos, Enseñanzas de Régimen Especial (Música e Idiomas) con las funciones de colaboración con los respectivos Servicios, Secciones o Negociados del Departamento de Educación en relación con los correspondientes procesos de la matriz de procesos del Anexo de esta orden Foral”.

Segundo._Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su publicación.

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