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  • EDICIÓN DE 28/02/2007
 
 

ENTIDAD LOCAL MENOR

28/02/2007
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Decreto 32/2007, de 20 de febrero, por el que se aprueba la delimitación territorial de la Entidad Local Menor de Vegaviana, en el término municipal de Moraleja (DOE de 27 de febrero de 2007). Texto completo.

DECRETO 32/2007, DE 20 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA DELIMITACIÓN TERRITORIAL DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE VEGAVIANA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MORALEJA.

El poblado de Vegaviana, del municipio de Moraleja (Cáceres), se constituyó en Entidad Local de ámbito territorial inferior al municipio, para lo cual se tramitó el correspondiente expediente con arreglo a las prescripciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás disposiciones complementarias.

El Ayuntamiento de Moraleja, en sesión plenaria de fecha 29 de septiembre de 1992, por unanimidad y por lo tanto con el voto favorable de las dos terceras partes del número de hecho y de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordó iniciar el correspondiente expediente, de conformidad con en el artículo 42 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y su exposición pública.

Practicada la correspondiente información pública, el Ayuntamiento de Moraleja, en sesión plenaria celebrada el 25 de mayo de 1993, por unanimidad, y con la mayoría del artículo 47.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, acordó informar favorablemente la constitución del poblado de Vegaviana en Entidad Local de ámbito territorial inferior al municipio, y determinar la remisión del expediente de referencia a la Junta de Extremadura para su resolución definitiva.

La Junta de Extremadura, en base a lo dispuesto en el artículo 42.1.d) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local y el artículo 42.d) del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, a propuesta del Consejero de Presidencia y Trabajo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, aprobó mediante Decreto 80/1993, de 22 de junio, la constitución en Entidad Local Menor de Vegaviana, en el término municipal de Moraleja (Cáceres).

Posteriormente, por acuerdo adoptado en sesión plenaria de 27 de junio de 2006, se fijan los límites territoriales de la citada Entidad Local Menor de Vegaviana.

Sustanciado el expediente de conformidad con la legislación vigente en materia de régimen local, se demuestra la necesidad económica y administrativa de proceder a la delimitación territorial de la citada Entidad Local Menor.

En base a lo dispuesto por el artículo 43.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y el artículo 45 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación territorial de las Entidades Locales, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 20 de febrero de 2007, DISPONGO:

Artículo Único.

Aprobar la delimitación territorial de la Entidad Local Menor de Vegaviana que comprende los siguientes límites:

Al Norte: Desde el término municipal de Cilleros con el Arroyo Parra, hasta cruzar con la linde norte de la parcela catastral 00035 del polígono 2, continuando hasta cruzar la carretera de Vegaviana a Cilleros para seguir por el camino que une esta carretera con el Canal III B.

Al Noreste: Canal III B hasta la acequia III B 21 y por ésta continúa hasta confluencia con el arroyo Parra.

Al Este: El Arroyo Parra hasta su confluencia con el Arroyo Tinaja.

Al Sureste: Arroyo Tinaja hasta el desaguadero de la parcela con referencia catastral 00025 del polígono 9, continuando por la linde sur de dicha parcela y las lindes sur y este de las parcelas 00026 y 00027 del polígono 9, hasta la carretera de Vegaviana- Zarza la Mayor y continuando por ésta, hasta el desaguadero final del Canal III B, siguiendo por éste hasta el cruce con el desaguadero que une la linde este de la parcela 00038 del polígono 2 y por la linde oeste de la parcela 00044 del polígono 2 hasta el Arroyo Corzo.

Al Sur: Arroyo Fresnito desde el término municipal de Cilleros, hasta su confluencia con el Arroyo el Corzo y desde éste hasta la linde oeste de la parcela 00044 del polígono 2.

Al Suroeste: Término municipal de Cilleros.

Al Oeste: Término municipal de Cilleros.

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