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ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA

23/02/2007
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Orden EDU/28/2007, de 14 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los premios de la Muestra de producciones audiovisuales escolares dirigida a los centros educativos de enseñanza no universitaria de Cataluña y se abre la convocatoria pública para el curso 2006-2007 (DOGC de 22 de febrero de 2007). Texto completo.

ORDEN EDU/28/2007, DE 14 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE LA MUESTRA DE PRODUCCIONES AUDIOVISUALES ESCOLARES DIRIGIDA A LOS CENTROS EDUCATIVOS DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA DE CATALUÑA Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL CURSO 2006-2007.

Los audiovisuales (la fotografía, el vídeo, la radio, la televisión y el cine) son unos instrumentos de comunicación cada vez más arraigados en nuestra sociedad, con unos lenguajes propios, y de gran valor pedagógico, que permiten a niños y jóvenes comunicar y compartir su visión del mundo y representar sus vivencias personales y sus aprendizajes. Estos medios convergen cada vez más en nuevos formatos digitales favorecidos por las tecnologías de la información y la comunicación.

El Departamento de Educación de la Generalidad de Cataluña quiere estimular el uso pedagógico de los medios audiovisuales en los centros educativos de Cataluña, y fomentar el aprendizaje de los lenguajes propios de estos medios. Por eso considera adecuado convocar la Muestra de producciones audiovisuales escolares.

El objetivo de estos premios es favorecer la educación en comunicación mediante la creación artística y crítica de los mensajes audiovisuales en los nuevos formatos digitales.

Por todo eso, de conformidad con lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Innovación,

Ordeno:

Artículo 1

Se aprueban las bases reguladoras que constan en el anexo de esta Orden para la concesión de los premios de la Muestra de producciones audiovisuales escolares, en las modalidades de fotografía escolar, vídeo y televisión escolar, y radio escolar, a los centros educativos de educación primaria y de educación secundaria de Cataluña, de titularidad del Departamento de Educación, municipales y privados concertados.

Artículo 2

Se abre la convocatoria pública para la concesión de los premios correspondientes al curso 2006-2007, que se rigen por las bases reguladoras que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

3.1 El gasto derivado de la entrega de los premios vinculados a la Muestra para los centros educativos ganadores, por un importe máximo de 57.600,00 euros, irá con cargo a la posición presupuestaria D/483000100/4230, centro gestor EN02, del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2006, prorrogado para el año 2007.

3.2 El desglose de los premios a conceder es el siguiente:

a) En la modalidad de fotografía escolar: 16 premios de 1.200,00 euros cada uno.

b) En la modalidad de vídeo y televisión escolar: 16 premios de 1.200,00 euros cada uno.

c) En la modalidad de radio escolar: 16 premios de 1.200,00 euros cada uno.

Artículo 4

El plazo de presentación de solicitudes para la participación en la convocatoria de los premios se inicia el 1 de marzo de 2007 y finaliza el día 4 de mayo de 2007.

Artículo 5

5.1 Se delega en el director general de Innovación la facultad para resolver la convocatoria, a propuesta de un jurado constituido para cada modalidad.

5.2 El jurado que seleccionará los trabajos participantes en la modalidad de fotografía escolar estará constituido por los miembros siguientes, designados por el director general de Innovación:

El responsable de proyectos TIC en Educación, o persona en quien delegue, que actuará como presidente.

Un/a técnico/a de la Subdirección General de Ordenación Curricular y Programas Educativos.

Un/a director/a de un Centro de Recursos Pedagógicos.

Un/a profesional del mundo de la fotografía.

Un/a profesor/a especialista en temas de audiovisuales.

Tres técnicos/as de audiovisuales del Departamento de Educación, uno/a de los/las cuales actuará como secretario/a.

5.3 El jurado que seleccionará los trabajos participantes en la modalidad de vídeo y televisión escolar estará constituido por los miembros siguientes, designados por el director general de Innovación:

El responsable de proyectos TIC en Educación, o persona en quien delegue, que actuará como presidente.

Un/a técnico/a de la Subdirección General de Ordenación Curricular y Programas Educativos.

Un/a director/a de un Centro de Recursos Pedagógicos.

Un/a profesional del mundo de la producción audiovisual.

Un/a profesor/a especialista en temas de audiovisuales.

Tres técnicos/as de audiovisuales del Departamento de Educación, uno/a de los/las cuales actuará como secretario/a.

5.4 El jurado que seleccionará los trabajos participantes en la modalidad de radio escolar estará constituido por los miembros siguientes, designados por el director general de Innovación:

El responsable de proyectos TIC en Educación, o persona en quien delegue, que actuará como presidente.

Un/a técnico/a de la Subdirección General de Ordenación Curricular y Programas Educativos.

Un/a director/a de un Centro de Recursos Pedagógicos.

Un/a profesional del mundo de la producción radiofónica.

Un/a profesor/a especialista en temas de audiovisuales.

Tres técnicos/as de audiovisuales del Departamento de Educación, uno/a de los/las cuales actuará como secretario/a.

5.5 La resolución de la convocatoria se hará pública durante el mes de junio de 2007.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1992, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto

El objeto de la Muestra de producciones audiovisuales escolares es fomentar la educación en los medios audiovisuales y sus lenguajes entre el alumnado de Cataluña, y estimular la creación artística y crítica de sus mensajes mediante la producción de contenidos audiovisuales dentro del ámbito educativo.

.2 Participantes

Pueden participar en la convocatoria los centros educativos de educación primaria y de educación secundaria de Cataluña, de titularidad del Departamento de Educación, los de titularidad municipal y los privados concertados.

Se podrá participar en tres modalidades: fotografía escolar, vídeo y televisión escolar, y radio escolar, y en dos categorías para cada modalidad: primaria y secundaria.

.3 Información en Internet

La información administrativa y técnica sobre la convocatoria estará disponible en la dirección electrónica http://www.xtec.cat/audiovisuals. La publicación en Internet de toda la información sobre la convocatoria, así como de su resolución, no tendrá efectos con respecto al cómputo de plazos.

.4 Características de los trabajos

4.1 Las características comunes a todas las modalidades son:

a) El trabajo tendrá que formar parte de un proceso de trabajo en el aula en el contexto de aprendizaje del uso de los audiovisuales.

En todos los casos, los trabajos tienen que haber sido elaborados por el alumnado.

b) Todos los trabajos podrán estar expuestos en las respectivas webs de los centros. Con esta finalidad, el Departamento de Educación facilitará la documentación y los recursos necesarios a aquellos centros que lo soliciten.

c) La temática de los trabajos es libre.

4.2 Con respecto a la modalidad de fotografía escolar, las características son:

a) El trabajo tendrá que ser expuesto en la página web del centro, en formato jpg.

b) El trabajo tiene que ir identificado en la misma página donde se exponga con el código del centro, nombre del centro y nombre del trabajo. En esta página se tendrá que utilizar una referencia común que identifique los trabajos como participantes en la Muestra, que se puede encontrar en la dirección electrónica http://www.xtec.cat/audiovisuals.

4.3 Con respecto a la modalidad de vídeo y televisión escolar, las características son:

a) El trabajo podrá estar expuesto en la página web del centro o bien ser entregado, en formato Real Media, en un CD, con carátula, en el que se deberá hacer constar el nombre y código del centro y el título del trabajo.

b) La duración del trabajo no puede exceder los 10 minutos.

c) El trabajo puede ser elaborado en el propio centro o en colaboración con las televisiones locales.

d) En el caso de optar por exponer el trabajo en la página web del centro, el trabajo tiene que ir identificado en la misma página donde se exponga con el código del centro, nombre del centro y nombre del trabajo. En esta página se tendrá que utilizar una referencia común que identifique los trabajos como participantes en la Muestra, que se puede encontrar en la dirección electrónica http://www.xtec.cat/audiovisuals.

4.4 Con respecto a la modalidad de radio escolar, las características son:

a) El trabajo podrá estar expuesto en la página web del centro o bien ser entregado, en formato Real Media o en su defecto MP3, en un CD, con carátula, en el que se deberá hacer constar el nombre y código del centro y el título del trabajo.

b) La duración del trabajo no puede exceder los 15 minutos.

c) El trabajo puede ser elaborado en el propio centro o en colaboración con las radios locales.

d) En el caso de optar por exponer el trabajo en la página web del centro, el trabajo tiene que ir identificado en la misma página donde se exponga con el código del centro, nombre del centro y nombre del trabajo. En esta página se tendrá que utilizar una referencia común que identifique los trabajos como participantes en la Muestra, que se puede encontrar en la dirección electrónica http://www.xtec.cat/audiovisuals.

.5 Presentación de solicitudes y plazo de participación en la Muestra

5.1 Los centros educativos que deseen tomar parte en la convocatoria tendrán que presentar una solicitud de participación a través del formulario que se encontrará a su disposición en la página web http://www.xtec.cat/audiovisuals.

5.2 En caso de que un centro opte por presentar más de un trabajo, tendrá que rellenar una solicitud para cada uno de éstos.

5.3 El plazo para la presentación de solicitudes se determinará en cada convocatoria anual.

.6 Presentación de los trabajos y documentación

6.1 La forma de presentar el trabajo en la Muestra podrá ser:

a) Exposición en la página web del centro educativo solicitante. En este caso, el centro hará constar en la solicitud de participación el enlace exacto donde se puede encontrar el trabajo. Esta página web será específica para la Muestra de producciones audiovisuales escolares y tendrá que cumplir con las referencias comunes que se especifican en la dirección de Internet mencionada en la base 3 de este anexo. El centro tendrá que asegurar que el espacio web donde se encuentre el trabajo se mantendrá accesible, como mínimo, hasta finales del curso siguiente al de cada convocatoria.

b) Sólo en el caso de las modalidades de vídeo y televisión, y radio escolar, el centro podrá optar por entregar el trabajo en un CD, con las características que se han hecho constar en la base 4 de este anexo, en la sede central del Departamento de Educación o en sus servicios territoriales, junto con una copia de la solicitud de participación en la Muestra.

6.2 En todos los casos, el centro educativo participante tendrá que facilitar con el trabajo una memoria pedagógica sobre el proceso de trabajo utilizado, con los objetivos y la justificación pedagógica, en formato pdf.

6.3 En caso de que se opte por la exposición de los trabajos en la página web del centro, se considerará, para su posterior selección, el trabajo que figure expuesto en la fecha de presentación de la solicitud de participación.

.7 Proceso de selección

7.1 El órgano competente para resolver la convocatoria se determinará en la respectiva convocatoria, así como el jurado que deberá seleccionar los trabajos.

7.2 Los miembros de los jurados mencionados están afectados por las causas de abstención y recusación que prevén los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

7.3 Para la selección de los trabajos ganadores se valorará la calidad pedagógica, el proceso de elaboración de los trabajos, el tratamiento estético y artístico, el trabajo creativo y la correcta utilización del lenguaje audiovisual, los procesos creativos y de producción audiovisual escolar como herramienta de innovación educativa.

Se valorarán especialmente aquellos trabajos que contemplen la reflexión sobre la realidad del propio centro y de su entorno, como herramienta de cohesión social y de investigación de nuevas metodologías de trabajo en el centro.

El veredicto del jurado será inapelable.

7.4 La participación en la convocatoria implica la aceptación de sus bases.

.8 Difusión de los trabajos

El Departamento de Educación podrá difundir los trabajos galardonados en cualquier formato, así como presentarlos en otros concursos que considere adecuados. Si los trabajos resultaran nuevamente premiados, el galardón será para el centro que haya elaborado el trabajo.

.9 Autorización de la utilización de la imagen

Los centros participantes tendrán que contar con la autorización de los representantes legales de los menores para la utilización de la imagen de sus hijos/as. De esta autorización tendrá custodia el mismo centro participante.

.10 Resolución de la convocatoria y entrega de las dotaciones económicas

10.1 La resolución de la convocatoria se hará pública mediante un acto público retransmitido por Internet, el sitio web y la fecha del cual será comunicado con anticipación a los centros participantes.

10.2 Los centros de titularidad del Departamento de Educación y los privados concertados recibirán la dotación económica de la Muestra en la cuenta bancaria en que reciben las aportaciones económicas habituales del Departamento de Educación. Los centros de titularidad municipal la recibirán en la cuenta bancaria que hayan indicado en la solicitud.

.11 Certificados de participación

Todos los centros participantes en la convocatoria recibirán un certificado acreditativo de su participación.

.12 Información

Los beneficiarios de esta convocatoria estarán obligados a facilitar toda la información requerida por el Departamento de Educación, la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes.

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