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  • EDICIÓN DE 31/01/2007
 
 

LOS TRIBUNALES NO PODRÁN IMPONER PENAS MÁS ALTAS QUE LAS SOLICITADAS POR EL FISCAL Y LAS ACUSACIONES

31/01/2007
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El Tribunal sentenciador no puede imponer pena superior a la más grave de las pedidas en concreto por las acusaciones, cualquiera que sea el tipo de procedimiento por el que se sustancie la causa. Este es el nuevo criterio adoptado por la mayoría de la Sala Segunda del Tribunal Supremo reunida en Pleno no jurisdiccional.

Hasta ahora los tribunales podían imponer penas más graves que las solicitadas por las acusaciones cuando cumplieran dos requisitos: motivar suficientemente su decisión y mantenerse dentro de los límites legales establecidos.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, justifica el cambio de criterio en una interpretación más pura del “principio acusatorio”, uno de los pilares básicos del proceso penal.

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