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  • EDICIÓN DE 11/01/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 8/2000

11/01/2007
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Decreto 255/2006, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 8/2000, de 7 de enero, por el que se regula la organización del sistema acreditador de la formación continuada de los profesionales sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 10 de enero de 2007). Texto completo.

DECRETO 255/2006, DE 28 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 8/2000, DE 7 DE ENERO, POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA ACREDITADOR DE LA FORMACIÓN CONTINUADA DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA.

Los cambios introducidos por el Decreto 45/2006, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, inciden en la normativa de la Comisión Autonómica del Sistema Acreditador de la Formación Continuada de los profesionales sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Con la finalidad de hacer los ajustes correspondientes, se hace necesaria la modificación del decreto mencionado.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, a propuesta de la conselleira de Sanidad y en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiocho de diciembre de dos mil seis, DISPONGO:

Artículo único.-Se modifica el artículo 2 del Decreto 8/2000, de 7 de enero, por el que se regula la organización del sistema acreditador de la formación continuada de los profesionales sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia, que quedará redactado como sigue:

“Artículo 2º.-Comisión Autonómica de Formación Continuada.

1. La Comisión Autonómica de Formación Continuada, constituida como el órgano asesor en materia de formación continuada de la Consellería de Sanidad, es el órgano administrativo con competencias para la acreditación de la formación continuada de los profesionales sanitarios en Galicia.

2. Son miembros de la Comisión Autonómica de Formación Continuada, con derecho a voz y voto, los siguientes cargos o personas en quien deleguen:

-El secretario general de la Consellería de Sanidad, que ejercerá la presidencia de la comisión.

-El director general de la División de Asistencia Sanitaria del Sergas.

-El director general de Aseguramiento y Planificación Sanitaria.

-El director general de la División de Recursos Humanos del Sergas.

-El subdirector general de Farmacia y Productos Sanitarios del Sergas.

-El director general de Salud Pública de la Consellería de Sanidad.

-El decano de la Facultad de Medicina.

-El decano de la Facultad de Farmacia.

-El decano de la Facultad de Veterinaria.

-Un miembro que representará a los directores de escuelas de enfermería, fisioterapia y podología, elegido por ellos.

-El presidente del Consejo Gallego de Colegios Oficiales de Médicos.

-Un representante de los colegios oficiales de Farmacéuticos de Galicia.

-El presidente del Consejo Gallego de Colegios Oficiales de Veterinarios.

-El presidente del Consejo Gallego de Colegios Oficiales de Enfermería.

-Un representante del Consejo Universitario de Galicia.

-Un representante de la Mesa Sectorial de Sanidad.

-Tres miembros de libre designación por el conselleiro de Sanidad de los cuales uno será en representación de las sociedades científicas.

Asimismo, son miembros de la comisión, pero con voz y sin voto:

-El presidente del Comité de Acreditación.

-El responsable de la secretaría técnica, que ostentará la secretaría de la comisión”.

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