ORDEN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2006 POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA ORDEN DE 24 DE MAYO DE 2006 POR LA QUE SE CREA Y SE REGULA EL REGISTRO DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN AL POR MENOR DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LÍQUIDOS.
La Consellería de Innovación e Industria dictó la Orden de 24 de mayo de 2006 por la que se crea y se regula el registro de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos líquidos, (Diario Oficial de Galicia nº 114, del 15 de junio).
En la disposición transitoria de la orden se establece un plazo de 6 meses para que los titulares de las instalaciones de distribución al por menor ya existentes en el momento de entrar en vigor a orden remitan a la dirección general competente en materia de industria una copia de la resolución de autorización y/o inscripción definitiva, la hoja de actualización de datos que figura como anexo I a la orden y los últimos planos de la instalación existentes, plazo que concluye el 16 de diciembre de 2006.
Teniendo en cuenta la lentitud de los titulares en el envío de la documentación a la que se hace referencia en el párrafo anterior, que hace que a día de hoy no se hayan recibido ni la mitad de las comunicaciones esperadas, se considera necesario ampliar el plazo de la disposición transitoria de la orden.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me fueron conferidas, dispongo:
Artículo único.-Ampliar el plazo de la disposición transitoria Orden de 24 de mayo de 2006 por la que se crea y se regula el Registro de Instalaciones de Distribución al por Menor de Productos Petrolíferos Líquidos de 6 a 12 meses, fijando el límite para el cumplimiento del trámite previsto en la dicha disposición transitoria en el 16 de junio de 2007.