ORDEN FORAL 423/2006, DE 15 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCIÓN PRÍNCIPE DE VIANA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 176/2005, DE 28 DE JULIO, DEL CONSEJERO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCIÓN PRÍNCIPE DE VIANA.
Por Orden Foral 176/2005, de 28 de julio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana y se establecen las funciones de los Negociados que lo integran (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 99, de 19 de agosto de 2005).
La Directora General de Cultura informa sobre la conveniencia de crear un Negociado de Ayudas, adscrito a la Sección de Actividades Culturales, que asuma la gestión del programa de convenios y ayudas para la formación, creación y difusión artística, como consecuencia de la aplicación del Plan de Impulso de las Artes.
La propuesta de modificación ha sido informada favorablemente por la Dirección General de Función Pública.
Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
1.º Modificar la Orden Foral 176/2005, de 28 de julio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, de la siguiente forma:
Se incluye un nuevo artículo, con la siguiente redacción:
"10.º bis. El Negociado de Ayudas, adscrito a la Sección de Actividades Culturales, ejercerá las siguientes funciones:
_Gestionar la concesión de ayudas para la práctica de la actividad artística y cultural, por parte de entidades y particulares.
_Gestionar la suscripción de convenios con entidades artísticas y culturales de Navarra y realizar el seguimiento de los mismos durante su período de vigencia.
_Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines."
2.º Suprimir el Negociado de Patrimonio Arqueológico, en la actualidad vacante. Sus funciones serán ejercidas por la Sección de Bienes Muebles y Arqueología.
3.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.