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LOGOTIPO “CANTABRIA 2007, LIÉBANA TIERRA DE JÚBILO”

03/01/2007
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Acuerdo de 30 de noviembre de 2006, de implantación del logotipo Cantabria 2007. Liébana Tierra de Júbilo (BOCA de 30 de diciembre de 2006). Texto completo.

ACUERDO DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2006, DE IMPLANTACIÓN DEL LOGOTIPO CANTABRIA 2007. LIÉBANA TIERRA DE JÚBILO.

EL CONSEJO DE GOBIERNO, en la reunión reseñada, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de marzo de 2006, por el que se implantó la utilización del logotipo <<Cantabria 2006, Liébana Tierra de Júbilo>> en el sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Considerando que la disposición adicional quincuagésima quinta de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, extiende los efectos de la declaración del <<Año Jubilar Lebaniego 2006>> como acontecimiento de excepcional interés público, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, hasta el 30 de abril del año 2007.

Considerando necesario realizar una modificación puntual del mencionado logotipo a fin de dar a conocer la continuidad en la celebración del Año Jubilar Lebaniego hasta la fecha indicada anteriormente, con la antelación suficiente para su implantación plena a partir del 1 de enero de 2007, y a propuesta conjunta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte y del Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo,

SE ACUERDA

1.- Modificar el acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de marzo de 2006 por el que se implantó el logotipo <<Cantabria 2006, Liébana Tierra de Júbilo>>, así como el documento aprobado como anexo I al mismo, por el que se establecía el ámbito material de la inclusión y uso obligatorio del logotipo, sustituyendo, únicamente, las menciones al lema <<Cantabria 2006. Liébana Tierra de Júbilo>> por la mención <<Cantabria 2007. Liébana Tierra de Júbilo>>.

2.- Aprobar un nuevo Manual de Identidad Corporativa para la aplicación de dicho logotipo en publicaciones, publicidad, papelería, vehículos, señalética, cartelería e Internet, que sustituirá al que se aprobó como anexo II al citado acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de marzo de 2006.

3.- Ordenar a la Dirección General de Desarrollo e Innovación Tecnológica la habilitación de un espacio, tanto en el Portal de Acceso a los Servicios de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria como en el portal institucional del Gobierno de Cantabria, para la descarga por el personal obligado a la utilización del mencionado logotipo de los modelos de escrito que incluyan, en su encabezamiento, los escudos de cada Consejería junto con el mencionado logotipo, y el manual de identidad corporativa, así como la de implementar cualquier medida dentro del ámbito material de sus competencias para lograr la plena efectividad del presente acuerdo.

4.- Ordenar a la Comisión de seguimiento del acuerdo de fecha 23 de marzo de 2006 velar por la implantación efectiva del nuevo logotipo.

5.- Los gastos que pudieran derivarse de la implantación del presente acuerdo en el Gobierno de Cantabria se imputarán a las partidas presupuestarias destinadas a financiar los gastos corrientes en bienes y servicios de las respectivas Consejerías, Organismos Autónomos, Consorcios, Fundaciones, Asociaciones, Sociedades Regionales, y demás entidades de derecho público o privado adscritos o dependientes de los anteriores.

6.- Se concede un período transitorio para la total implantación de las medidas previstas en el presente acuerdo, que finalizará el 2 de enero de 2007, fecha a partir de la cual será obligatorio el uso del logotipo <<Cantabria 2007. Liébana Tierra de Júbilo>>.

Cúmplase el anterior acuerdo, publíquese y notifíquese en forma a: Consejería Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos; Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo; Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico; Consejería de Obras Públicas y Vivienda; Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca; Consejería de Economía y Hacienda; Consejería Medio Ambiente; Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; Consejería de Educación; Consejería de Sanidad y Servicios Sociales; Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria; Sociedad de Emergencias de Cantabria, S. A.; Sociedad Gestora de Activos Inmobiliarios de Cantabria, S. L. R; Consejo de la Mujer; Consejo de la Juventud; Servicio Cántabro de Salud; Fundación Pública Marqués de Valdecilla; Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social; Centro de Investigación del Medio Ambiente; Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía, S. A.; Oficina de Calidad Alimentaria; Gestión de Viviendas e Infraestructuras de Cantabria; Instituto Cántabro de Estadística; Sociedad Regional de Coordinación Financiera con las Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, S. L.; Servicio Cántabro de Empleo; Consejo Económico y Social; Empresa Cántabra para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías en la Administración, S. L.; Fundación Centro Tecnológico de Componentes; Fundación Centro Tecnológico en Logística Integral Cantabria; Sociedad de Turismo de Cantabria, S. A.; Sociedad Gestora del Parque Científico-Tecnológico Cantabria, S. L.; Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S. A.; Sociedad Regional Cántabra de Promoción Turística, S. A.; Sociedad Regional para la Gestión y Promoción de Actividades del Palacio de Festivales de Cantabria, S. A.; El Soplao, S. L.; Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego, S. L.; Asociación Año Jubilar Lebaniego; Suelo Industrial de Cantabria, S. L.; Gestión de Infraestructuras Educativas de Cantabria, S. L.; Ecoparque de Reocín, S. L., y Sociedad de Activos Inmobiliarios Campus Comillas, S. L.

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