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PLANTILLA ORGÁNICA DEL MINISTERIO FISCAL

27/12/2005
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Real Decreto 1552/2005, de 23 de diciembre, por el que se completa la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2005 (BOE de 31 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014348

REAL DECRETO 1552/2005, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE COMPLETA LA PLANTILLA ORGÁNICA DEL MINISTERIO FISCAL PARA EL AÑO 2005.

El Real Decreto 514/2005, de 9 de mayo, fija la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2005, distribuyendo parte de la dotación presupuestaria que para el citado ejercicio incluía la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, quedando pendiente de adjudicación 99 nuevas plazas para el Ministerio Fiscal, por lo que procede su distribución entre los distintos órganos del ministerio público según disponen el artículo 18.2 y la disposición final primera de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Entre las plazas de nueva creación se incluyen dos nuevos Fiscales de Sala que ejercerán las funciones de Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo y Coordinador de Siniestralidad Laboral, respectivamente, teniendo en cuenta la sensibilidad del Gobierno en asignar los instrumentos jurídicos necesarios a nuestro Estado de Derecho para hacer frente a cualquier forma de ataque al medio ambiente o al urbanismo, así como para coadyuvar a una mejora en la prevención de los riesgos laborales.

El resto de plazas que se crean o supresiones o creaciones de adscripciones permanentes responden a las necesidades organizativas puestas de manifiesto por la Fiscalía General del Estado con el fin de dar una respuesta eficaz y ágil a su intervención en los procesos judiciales en los que es exigida su presencia por el ordenamiento jurídico.

Este real decreto ha sido informado por el Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2005, D I S P O N G O :

Artículo 1. Creación de Adscripciones Permanentes.

1. En la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga se crea la Adscripción Permanente de Torremolinos, cuyas funciones se ejercerán en relación con los juzgados con sede en dicha población.

2. En la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid se crea la Adscripción Permanente de Alcobendas, cuyas funciones se ejercerán en relación con los juzgados con sede en dicha población, así como los de Colmenar Viejo y Torrelaguna.

Artículo 2. Supresión de Adscripciones Permanentes.

Reasignación territorial de plazas de la tercera categoría.

1. Se suprimen las siguientes plazas de la tercera categoría y las Adscripciones Permanentes a las que correspondían:

Adscripción Permanente de Peñarroya-Pueblonuevo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de O Barco de Valdeorras de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de Abogado Fiscal.

2. Se crean, por reasignación de efectivos, plazas de tercera categoría en las siguientes Fiscalías:

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de Abogado Fiscal.

3. Como consecuencia de la supresión de las Adscripciones Permanentes de Fiscalías señaladas, las respectivas Fiscalías de las Audiencias Provinciales asumirán el ámbito de competencia de las mismas. Los miembros del Ministerio Fiscal que ocupasen plaza en las Adscripciones Permanentes suprimidas, se incorporarán de forma automática a la plantilla de la Fiscalía en que se integran.

Artículo 3. Creación de nuevas plazas.

1. Se crean en la carrera fiscal 99 plazas, correspondientes dos a la primera categoría y 97 a la segunda categoría, distribuidas de la siguiente forma:

Fiscalía General del Estado: Una plaza de primera categoría de Fiscal Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo.

Fiscalía General del Estado: Una plaza de primera categoría de Fiscal Coordinador de Siniestralidad Laboral.

Inspección Fiscal: Una plaza.

Secretaría Técnica: Tres plazas.

Fiscalía del Tribunal Supremo: Tres plazas.

Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas: Una plaza.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía:

Una plaza para la Adscripción Permanente de Motril.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza para la Adscripción Permanente de El Ejido.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza para la Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza para la Adscripción Permanente de Lucena.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza para la Adscripción Permanente de Linares.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Cinco plazas para la nueva Adscripción Permanente de Torremolinos.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Dos plazas para la Fiscalía de la Audiencia Provincial y una plaza para la Adscripción Permanente de Dos Hermanas.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón:

Dos plazas para la propia Fiscalía del Tribunal Superior y una plaza para la Adscripción Permanente de Calatayud.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza para la Adscripción Permanente de Gijón.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza para la Adscripción Permanente de Eivissa y una plaza para la Adscripción Permanente de Maó.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria: Una plaza para la Adscripción Permanente de Arrecife de Lanzarote y una plaza para la Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Una plaza para la Fiscalía de la Audiencia Provincial y una plaza para la Adscripción Permanente de Arona.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria:

Una plaza para la Adscripción Permanente de Torrelavega y una plaza para la Adscripción Permanente de Laredo.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza para la Adscripción Permanente de Manzanares.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guadalajara:

Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza para la Fiscalía de la Audiencia Provincial y una plaza para la Adscripción Permanente de Talavera de la Reina.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza para la Adscripción Permanente de Ponferrada.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Dos plazas.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas para la propia Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, una plaza para la Adscripción Permanente de Granollers, una plaza la para Adscripción Permanente de Mataró; una plaza para la Adscripción Permanente de Terrassa, dos plazas para la Adscripción Permanente de Sabadell y dos plazas para la Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza para la Adscripción Permanente de El Vendrell.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura:

Una plaza para la Adscripción Permanente de Plasencia.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza para la Adscripción Permanente de Zafra.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia:

Dos plazas para la propia Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, una plaza para la Fiscalía de la Adscripción Permanente de Ferrol y tres plazas para la Adscripción Permanente de Santiago de Compostela.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza para la Adscripción Permanente de Mondoñedo.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Tres plazas para la Adscripción Permanente de Vigo.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja:

Una plaza.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas para la Adscripción Permanente de Alcalá de Henares, dos plazas para la Adscripción Permanente de Móstoles y siete plazas para la nueva Adscripción Permanente de Alcobendas.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas para la Adscripción Permanente de Cartagena.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Foral de Navarra: Una plaza.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Cinco plazas.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza para la propia Fiscalía de la Audiencia Provincial, una plaza para la Adscripción Permanente de Benidorm, una plaza para la Adscripción Permanente de Denia y dos plazas para la Adscripción Permanente de Elx.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza.

2. Las plazas de nueva creación enumeradas en el apartado anterior se cubrirán mediante concurso entre los miembros de la carrera fiscal que reúnan la categoría y las condiciones necesarias para ocuparlas.

Artículo 4. Plantilla de la Carrera Fiscal.

1. El total de efectivos de la Carrera Fiscal queda constituido por las siguientes plazas:

a) Primera categoría: 20 Fiscales de Sala, de los que el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tiene la consideración de Presidente de Sala de dicho Tribunal.

b) Segunda categoría: 1.287 Fiscales.

c) Tercera categoría: 567 Abogados-Fiscales.

2. La plantilla del Ministerio Fiscal en la que se relacionan todos los puestos de trabajo que la integran, sus características, su forma de nombramiento y el número de coordinadores asignados a cada Fiscalía o, en su caso, Adscripción Permanente, es la que figura en el anexo de este real decreto.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 514/2005, de 9 de mayo, por el que se establece la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2005, así como cuantas disposiciones de igual o superior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

Se faculta al Ministro de Justicia para dictar las normas y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo establecido en este real decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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