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PINTURA, PROSA Y FOTOGRAFÍA

27/12/2005
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Orden EDU/1763/2005, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los concursos de Pintura, Prosa y Fotografía “Día de Castilla y León” (BOCYL de 30 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014338

ORDEN EDU/1763/2005, DE 23 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LOS CONCURSOS DE PINTURA, PROSA Y FOTOGRAFÍA “DÍA DE CASTILLA Y LEÓN”.

La convocatoria de los concursos de pintura, prosa y fotografía persiguen desarrollar la conciencia autonómica en los alumnos, a través del conocimiento y trabajo en torno a elementos de nuestro patrimonio histórico, natural, etnológico o cultural.

Esta iniciativa cuenta con una excelente acogida entre los profesores de todos los centros y muestra de ello es el alto grado de participación, siendo cerca de mil los alumnos participantes en las diferentes categorías y modalidades.

Desde Educación Infantil, que participan en la modalidad de pintura, hasta los alumnos de Bachillerato, muestran en sus trabajos el interés por conocer y descubrir nuestra Comunidad, sus monumentos, tradiciones, etc.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de reciente entrada en vigor, exige que con carácter previo al otorgamiento de subvenciones se aprueben las normas que establezcan sus bases reguladoras de concesión, con el contenido que establece esa misma ley en su artículo 17.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de los concursos de pintura, prosa y fotografía “Día de Castilla y León”.

2.– El concurso de pintura constará de las siguientes categorías:

• Primera categoría: dirigida a alumnos de Educación Infantil.

• Segunda categoría: alumnos de primer ciclo de Educación Primaria.

• Tercera categoría: a alumnos de segundo y tercer ciclo de Educación Primaria.

• Cuarta categoría: a alumnos de primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Quinta categoría: alumnos de tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Sexta categoría: alumnos de centros de Educación Especial.

• Séptima categoría: alumnos de Bachillerato.

3.– El concurso de prosa constará de las siguientes categorías:

• Primera categoría: dirigida a alumnos de 2.º y 3.º ciclo de Educación Primaria.

• Segunda categoría: alumnos de primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Tercera categoría: alumnos de tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Cuarta categoría: alumnos de Bachillerato.

4. El concurso de fotografía constará de las siguientes categorías:

• Primera categoría: dirigida a alumnos de primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Segunda categoría: alumnos de tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.

• Tercera categoría: alumnos de Bachillerato.

Artículo 2.– Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estos premios los alumnos matriculados en centros de enseñanzas escolares de régimen general de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con la clasificación de categorías contemplada en el artículo anterior.

Artículo 3.– Premios.

1.– En las correspondientes convocatorias se establecerán los premios que se concederán a los ganadores de cada uno de los concursos y categorías. Podrán además otorgarse premios a los profesores que hayan colaborado en la realización de los trabajos ganadores.

2.– Los premios podrán declararse desiertos.

Artículo 4.– Procedimiento.

1.– El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública realizada por la Consejería de Educación.

2.– En la convocatoria se establecerán los lugares, plazos y la forma de presentación de los trabajos a concurso.

3.– Las solicitudes serán examinadas y valoradas, conforme los criterios que establece el artículo siguiente, por jurados designados para cada uno de los concursos presididos por el Director General de Formación Profesional e Innovación Educativa.

4.– La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación, a propuesta de los jurados.

5.– La resolución será publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

6.– La entrega de los premios se efectuará en la fecha y lugar que se señale en la resolución de la convocatoria.

Artículo 5.– Criterios de otorgamiento de los premios.

1.– La selección de los trabajos se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

– originalidad e interés de la obra.

– calidad técnica y artística.

– creatividad e imaginación demostradas en la temática.

2.– Se tendrán en cuenta las características de los alumnos con necesidades educativas especiales en aquellas modalidades en las que este alumnado no constituya una categoría específica.

Artículo 6.– Aceptación de las bases.

La participación en los concursos de Pintura, Prosa o Fotografía “Día de Castilla y León” implica la aceptación de las presentes bases y de lo establecido para cada edición de los concursos en su Orden de convocatoria.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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