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FOMENTO DEL DEPORTE FEDERADO

23/12/2005
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Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Actividades y Promoción Deportiva, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado y universitario en Andalucía, para el año 2006 (BOJA de 23 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014215

RESOLUCIÓN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVIDADES Y PROMOCIÓN DEPORTIVA, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE FEDERADO Y UNIVERSITARIO EN ANDALUCÍA, PARA EL AÑO 2006.

La Orden de 21 de enero de 2005, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 21, de fecha 1 de febrero de 2005, modificada por la Orden de 21 de marzo, publicada a su vez en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 65, de 5 de abril, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado y universitario en Andalucía, con sujeción y cumplimiento de dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como del resto de las disposiciones de aplicación en materia de subvenciones.

La disposición adicional tercera de la citada Orden de 21 de enero de 2005, delega en el titular de la Dirección General de Actividades y Promoción Deportiva, la competencia para efectuar las correspondientes convocatorias anuales de las subvenciones reguladas en la misma.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, R E S U E L V O Primero. Convocar para el ejercicio 2006 la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas Andaluzas y Universidades públicas andaluzas, según el procedimiento general regulado en la citada Orden de 21 de enero de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado y universitario en Andalucía, modificada por la de 21 de marzo del mismo año, de conformidad con las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde 16 de enero de 2006 al 15 de febrero del mismo año, ambos inclusive.

2. Las solicitudes, dirigidas al titular de la Dirección General de Actividades y Promoción Deportiva de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, deberán ajustarse al modelo que figura como Anexo de la citada Orden de 21 de enero de 2005, y deberán ser suscritas por el Presidente, en caso de Federaciones deportivas, o por el Rector, en el caso de Universidades.

Los modelos de solicitud se pueden obtener y confeccionar en la página web de la Consejería de Turismo, Comercio Deporte, en la dirección www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte, así como los Servicios Centrales de la Consejería y en sus Delegaciones Provinciales.

3. En lo referente a los conceptos subvencionables, modalidades y cuantía de las subvenciones, criterios de valoración, plazo de ejecución de las acciones subvencionables, procedimiento, documentación, tramitación y cualesquiera otras circunstancias relativas a las subvenciones convocadas, se estará a lo dispuesto en la antes citada Orden de 21 de enero de 2005 y demás normativa de aplicación.

4. La concesión de subvenciones a que se refiere la presente convocatoria estará limitada a las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2006.

Segunda. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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