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MODIFICACIÓN DEL DECRETO 115/2004

22/12/2005
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Decreto 126/2005, de 7 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (BOCAM de 22 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014157

DECRETO 126/2005, DE 7 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.

De conformidad con el artículo 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la estructura de cada Consejería deberá establecerse por Decreto del Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero respectivo, previo informe de la Consejería de Hacienda.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2004, de 1 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica parcialmente la estructura de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, se creó una nueva Dirección General, el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid, cuyas atribuciones se establecieron en el Decreto 115/2004, de 29 de julio.

Mediante el presente Decreto se procede a la determinación de la estructura del Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid en niveles organizativos con rango de Subdirección General, de conformidad con la modificación de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con los artículos 21 y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda, a propuesta del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de diciembre de 2005,

DISPONGO

Artículo único

Modificación del Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

Se adiciona un nuevo artículo al Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, que quedará redactado en los siguientes términos:

“Artículo 20

Estructura del Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid

Dependerán del Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General:

— Subdirección General de Estadísticas Demográficas.

— Subdirección General de Estadísticas Económicas.

— Subdirección General de Metodología y Difusión.”

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Habilitación normativa

Se autoriza al titular de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Segunda

Modificación de créditos presupuestarios

Se autoriza al titular de la Consejería de Hacienda a habilitar y modificar los créditos presupuestarios derivados de la presente modificación orgánica.

Tercera

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo adaptarse la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería a lo dispuesto en el presente Decreto.

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