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FICHERO AUTOMATIZADO CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

04/12/2005
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Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, por la que se crea el fichero automatizado con datos de carácter personal para el Control horario del personal al servicio de la administración de Justicia (DOGV de 1 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1013825

ORDEN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE CREA EL FICHERO AUTOMATIZADO CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL PARA EL CONTROL HORARIO DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 2 que la misma será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

Asimismo, la citada ley orgánica dispone en su artículo 20 que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

El Decreto 96/1998, de 6 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la organización de la función informática, la utilización de los sistemas de información y el Registro de Ficheros Informatizados en el ámbito de la Generalitat, determina, en sus artículos 10 y siguientes, el procedimiento de inscripción en este último de los ficheros informatizados de datos personales creados o gestionados por los distintos órganos o entidades de la Generalitat Valenciana, así como la potestad para la aprobación de la disposición de carácter general creadora de los ficheros automatizados, cuyo ejercicio recae en la conselleria competente por razón de la materia.

Por su parte, para el desarrollo de su actividad, la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, precisa la creación del fichero automatizado que se relaciona en el anexo I.

Por cuanto antecede, a tenor de lo establecido en el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, y una vez cumplidos los trámites establecidos en el artículo 12 del Decreto 96/1998, de 6 de julio, del Gobierno Valenciano, ORDENO:

Artículo 1

La presente orden tiene por objeto la creación del fichero informatizado que se indica en el Anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2

Los titulares responsables del correspondiente fichero adoptará las medidas técnicas y organizativas que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 3

Los afectados del fichero informatizado mencionado pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante el órgano que se concreta en la presente orden.

Disposición Única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO

CENTRO DIRECTIVO

Dirección General de Justicia, Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.

Denominación del fichero: Control horario del personal al servicio de la administración de Justicia.

a. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.

Control de presencia y de absentismo laboral del personal al servicio de la administración de Justicia en la Comunidad Valenciana.

b. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.

Personal al servicio de la administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal han sido transferidas a la Generalitat Valenciana, y personal de la administración del Consell de la Generalitat Valenciana, adscrito a la Dirección General de Justicia, que presten sus servicios en los edificios que albergan órganos y/o servicios judiciales.

c. Procedimiento de recogida de datos.

Se solicita directamente a las personas afectadas.

d. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos incluidos en el mismo:

Datos identificativos: DNI, nombre, apellido 1, apellido 2, fecha de nacimiento, número de registro de personal, patrón de la huella digital de mano derecha y de mano izquierda.

Datos personales: teléfono, centro de trabajo, departamento u órgano judicial, sección, categoría profesional, fecha de ingreso, fecha de baja y género.

e. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros.

No se prevén cesiones de datos.

f. Órgano de la administración responsable del fichero.

Dirección General de Justicia. Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, Generalitat Valenciana. Dirección: C/ Historiador Chabás, 2, 46003 Valencia. Teléfono: 96 398 66 06. CIF: S-4611001-A.

g. Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Servicio de Recursos Humanos, adscrito a la Dirección General de Justicia, Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.

h. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible:

Medidas de seguridad de nivel básico, según lo previsto en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

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