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  • EDICIÓN DE 23/11/2005
 
 

V CENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE CRISTÓBAL COLÓN

23/11/2005
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Decreto 88/2005, de 17 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón (BOCYL de 23 de noviembre de 2005). Texto completo.

§1013647

DECRETO 88/2005, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA CONMEMORACIÓN DEL V CENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE CRISTÓBAL COLÓN.

El día 20 de mayo de 2006 se cumplirá el quinto centenario del fallecimiento de Cristóbal Colón en la ciudad de Valladolid, habiendo sido la Comunidad de Castilla y León uno de los escenarios históricos más importantes donde se produjeron las decisiones y acontecimientos más sobresalientes que marcaron la vida y epopeya del genial descubridor.

La conmemoración de este momento histórico constituye una oportunidad idónea para profundizar en el estudio de la biografía y personalidad del Almirante y de la gestación y proyección de su hazaña en la Historia Universal, así como para fomentar el conocimiento general y difusión del patrimonio cultural de la época del descubrimiento de América y para la reflexión sobre el papel fundamental que en ella tuvo la Corona de Castilla.

La Comunidad de Castilla y León ofrece en varias de sus provincias referencias de singular importancia en este sentido, al haber sido sede de buena parte de los principales acontecimientos relacionados con la empresa del Descubrimiento y al conservar hoy múltiples testimonios materiales asociados a ellos. Por esta razón la Junta de Castilla y León quiere impulsar, con motivo de la señalada efeméride, el desarrollo en la Comunidad Autónoma de un gran proyecto, cuyo objetivo último es poner a disposición de la sociedad el conocimiento y disfrute de los distintos bienes culturales existentes en el territorio de Castilla y León, vinculados a los hechos históricos protagonizados por Cristóbal Colón.

Para la consecución de estos objetivos el proyecto que se quiere desarrollar comprenderá un amplio programa de actuaciones, en el que tendrán lugar tanto la realización de estudios, reuniones científicas, publicaciones, espectáculos y exposiciones como la localización e identificación de todo tipo de elementos del Patrimonio Cultural de Castilla y León, la restauración de aquéllos que lo precisen, la creación de infraestructuras y recursos para su puesta en valor y difusión y, en definitiva, la revitalización y dinamización de los lugares que los acogen, de tal manera que el proyecto sirva para hacer accesible tan importante legado a todos los ciudadanos.

La trascendencia regional, nacional e internacional que presenta esta conmemoración y la singularidad de la efeméride justifican el excepcional interés del acontecimiento, haciendo necesaria la adopción por parte de la Administración Autonómica de medidas que aseguren la participación y la colaboración del mayor número posible de entidades, instituciones y organismos relacionados o interesados en las materias y actividades que son objeto de la misma.

En ejercicio de las competencias en materia de cultura, patrimonio histórico, artístico y monumental de interés para la Comunidad de Castilla y León que se atribuyen a la misma en el artículo 32.1.12 de su Estatuto de Autonomía, la Junta de Castilla y León considera oportuno promover la creación de una Comisión cuya misión sea llevar a cabo la labor de coordinación, impulso y posterior seguimiento de los planes, propuestas y proyectos con repercusión en la Conmemoración.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de noviembre de 2005,

DISPONE:

Artículo 1.– Objeto.

El presente Decreto tiene como finalidad la creación de la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón y su regulación.

Artículo 2.– Naturaleza jurídica.

La Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón es un órgano colegiado adscrito a la Consejería de Cultura y Turismo, de coordinación e impulso de las actuaciones relacionadas con dicha Conmemoración en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 3.– Funciones.

A la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón le corresponden las siguientes funciones:

a) Definir el programa de actividades conmemorativas y tareas a desarrollar a estos efectos.

b) Servir de cauce para las propuestas y sugerencias que a los fines de dicha conmemoración puedan plantear los ciudadanos y las instituciones públicas y privadas.

c) Coordinar, supervisar e impulsar el adecuado desarrollo y ejecución de los trabajos y actividades que se emprendan a este fin.

d) Apoyar y asesorar a la Administración de la Comunidad de Castilla y León en esta materia.

e) Cualquier otra función que se le atribuya en el marco de sus competencias por disposición legal o reglamentaria.

Artículo 4.– Composición.

La Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón estará formada por:

a) Presidente: El Presidente de la Junta de Castilla y León.

b) Vicepresidenta: La titular de la Consejería de Cultura y Turismo de Castilla y León.

c) Vocales:

• El titular de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo.

• El titular de la Dirección General de Promoción e Instituciones Culturales.

• El titular de la Dirección General de Turismo.

• El titular de la Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa.

• El titular de la Dirección General de Juventud.

• El Director del Instituto Castellano y Leonés de la Lengua.

• Los Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos de Valladolid, Burgos, Salamanca, Segovia y Medina del Campo.

• Un representante de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León.

• Un representante de la Administración del Estado.

• Hasta un número máximo de cinco vocales designados por la Consejería de Cultura y Turismo entre personas o instituciones de reconocido prestigio en el estudio y conocimiento de la figura histórica de Cristóbal Colón.

d) Secretario: Un funcionario de la Consejería de Cultura y Turismo, que actuará con voz y sin voto.

Artículo 5.– Otros asistentes.

El Presidente de la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón podrá invitar a las sesiones de la misma a los expertos que considere relevantes, a representantes de Ayuntamientos, Diputaciones, Asociaciones y cualesquiera otros órganos o entidades interesadas en la promoción de la figura de Cristóbal Colón, así como a cualquier persona que, debido a sus especiales conocimientos relacionados con el descubridor, estime necesario para su mejor asesoramiento.

Artículo 6.– Organización y funcionamiento.

La organización y funcionamiento de la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón se regirá por lo dispuesto en las normas básicas de régimen jurídico de las Administraciones Públicas, por lo dispuesto en el Capítulo IV del Título V de la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por lo previsto en el presente Decreto, y en su caso por su reglamento de régimen interior.

Artículo 7.– Gratuidad.

La asistencia a las sesiones de la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón no dará a sus miembros el derecho a percibir las indemnizaciones previstas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Artículo 8.– Información y propuestas.

En orden al desempeño de sus funciones, la Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón podrá solicitar cuanta información y propuestas de actuación sean necesarias, tanto de las distintas Consejerías, Organismos, Empresas y Fundaciones, públicas o participadas por la Junta de Castilla y León así como de cualquier otro organismo, de acuerdo con la normativa vigente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Habilitación Normativa.

Se faculta a la Consejera de Cultura y Turismo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Segunda.– Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Tercera.– Extinción.

La Comisión de Castilla y León para la Conmemoración del V Centenario del Fallecimiento de Cristóbal Colón dejará de desempeñar sus funciones y se considerará extinguida, una vez cumplidos los objetivos y celebrados los actos que determina su creación.

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