§1013526
ORDEN TRI/431/2005, DE 7 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DE LA ORDEN TRI/110/2005, DE 16 DE MARZO, POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA SUBVENCIONAR LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN MATERIA DE AHORRO, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS RENOVABLES Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2005 (CÓDIGO DE AYUDA 10202 Y Z06).
Considerando que con fecha 1 de abril de 2005, en el DOGC núm. 4354 se publicó la Orden TRI/110/2005, de 16 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para subvencionar la realización de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables y se abrió la convocatoria para el año 2005; Una vez cerrado el período de presentación de solicitudes, teniendo en cuenta que el número de solicitudes presentadas por personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro, con relación a las inversiones en ahorro y eficiencia energética, no ha cubierto el total de la dotación presupuestaria prevista, sin que quede ningún otro beneficiario, es necesario reducir la partida presupuestaria que corresponde a este tipo de inversiones.
Considerando la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005; De acuerdo con lo que disponen el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, publicado en el DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002, modificado por la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas, y por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras, y vista la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, publicada en el BOE núm. 276, de 18.11.2003; Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Energía y Minas, considerando los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Catalunya, ORDENO:
Artículo único Modificar el importe máximo previsto para las ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro para inversión en ahorro y eficiencia energética que se recoge en el artículo 3 de la Orden TRI/110/2005, de 16 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para subvencionar la realización de actuaciones en materia de ahorro, eficiencia energética y aprovechamiento de los recursos energéticos renovables y se abre la convocatoria para el año 2005, el cual queda redactado de la manera siguiente:
TI09D/780400100, por un importe máximo de 239.857,69 euros, para inversión en ahorro y eficiencia energética. DISPOSICIÓN FINAL Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.