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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 24 DE AGOSTO DE 2005

05/11/2005
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Orden de 24 de octubre de 2005 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se modifica la Orden de 24 de agosto de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para paliar los daños producidos en el cultivo del pimiento para pimentón por las heladas padecidas desde el pasado mes de enero hasta el mes de marzo de 2005 (BORM de 3 de noviembre de 2005). Texto completo.

§1013320

ORDEN DE 24 DE OCTUBRE DE 2005 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 24 DE AGOSTO DE 2005 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS EN EL CULTIVO DEL PIMIENTO PARA PIMENTÓN POR LAS HELADAS PADECIDAS DESDE EL PASADO MES DE ENERO HASTA EL MES DE MARZO DE 2005.

El Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 1 de septiembre de 2005 (BORM. n.º 201), publicó la Orden de 24 de agosto de 2005 de esta Consejería por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para paliar los daños producidos en el cultivo del pimiento para pimentón por las heladas padecidas desde el pasado mes de enero hasta el mes de marzo de 2005.

Una vez realizadas las comprobaciones de las solicitudes se hace necesario la ampliación de la superficie de hectáreas con derecho a ayuda, al presentarse más solicitudes que las inicialmente previstas.

Conscientes de la importancia que para el sector tienen estas ayudas, y a propuesta de la Dirección General de Modernización de Explotaciones y Capacitación Agraria y conforme a las facultades que me confiere la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo Artículo Único.

Se modifica el artículo 2.- Tipos de ayudas, in fine, que quedará redactado de la siguiente manera:

“En particular se concederán ayudas directas a los gastos de instalación e implantación en las explotaciones afectadas por las heladas, para el cultivo de pimiento para pimentón, hasta un total máximo de 1.000 hectáreas” Disposición Final La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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