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  • EDICIÓN DE 25/10/2005
 
 

EL TRIBUNAL SUPREMO PROPONE REBAJAR LAS PENAS PARA EL TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA

25/10/2005
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El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo acordó solicitar al Gobierno una reforma del Código Penal para reducir las penas previstas para el tráfico de pequeñas cantidades de droga, el alto Tribunal considera excesiva la sanción mínima establecida, que es de tres años de prisión en el caso de heroína y cocaína.

§1013179

El artículo 368 del Código Penal castiga con entre 3 y 9 años de cárcel el tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, y con entre 1 y 3 años, el de drogas que no causan ese grave daño. El artículo no distingue por la cuantía de la droga con la que se trafique, siempre y cuando no se trate de una cantidad de notoria importancia, caso en el que la pena es mayor.

El Tribunal Supremo solicita que se añada en el artículo 368 del Código Penal que, en el caso de cantidades módicas de droga, la pena a imponer sea de 2 a 5 años de prisión, en el caso de la heroína, la cocaína y el éxtasis, y de 6 meses a 2 años de cárcel, en el caso del hachís. Esta diferencia por el tipo de droga se realiza porque las primeras se considera que causan un mayor daño a la salud que las segundas.

La cuantía de las penas para el tráfico de cantidades módicas serían establecidas por la jurisprudencia del alto tribunal.

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