§1013115
RESOLUCIÓN EDC/2953/2005, DE 14 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDC/146/2005, DE 20 DE ENERO, DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL FONDO DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO DEPENDIENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2004.
El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Función Pública entre la Administración de la Generalidad de Cataluña y las organizaciones sindicales sobre las condiciones de trabajo de los empleados públicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña firmado el 12 de julio de 2000, y ratificado por el Gobierno de la Generalidad el 24 de julio de 2000, prevé en el apartado 14.1, bajo el epígrafe Fondo de acción social, el establecimiento de un fondo destinado a financiar acciones y programas de carácter social para mejorar el bienestar social de los empleados públicos de la Administración de la Generalidad.
El 7 de marzo de 2003 se firmó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Generalidad en el que se establece en el punto 3, apartado b), la habilitación, para el período de 2004, de un fondo adicional para incrementar el Fondo de acción social del personal docente no universitario en 1.062.500 euros.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el citado Acuerdo, procede modificar la Resolución EDC/146/2005, de 20 de enero, de convocatoria para la concesión de las ayudas del Fondo de acción social para el personal funcionario docente no universitario dependiente de la Administración de la Generalidad de Cataluña, correspondiente al año 2004.
En consecuencia,
Resuelvo:
Modificar el apartado 2 de la Resolución EDC/146/2005, de 20 de enero, de convocatoria para la concesión de las ayudas del Fondo de acción social para el personal funcionario docente no universitario dependiente de la Administración de la Generalidad de Cataluña, correspondiente al año 2004, en el sentido de destinar para la concesión de estas ayudas hasta un importe máximo de 5.269.584,73 euros a cargo de la partida presupuestaria EN03 D/233000100/3134 del presupuesto de 2005.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.