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  • EDICIÓN DE 18/10/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN TRI/162/2005

18/10/2005
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Orden TRI/402/2005, de 30 de septiembre, de modificación de la Orden TRI/162/2005, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico (I+D) de agrupaciones de empresas (plataformas de innovación), y se abre la convocatoria para el año 2005 (código de convocatoria núm. 13502) (DOGC de 18 de octubre de 2005). Texto completo.

§1013071

ORDEN TRI/402/2005, DE 30 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN TRI/162/2005, DE 13 DE ABRIL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A INCENTIVAR LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CONJUNTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO (I+D) DE AGRUPACIONES DE EMPRESAS (PLATAFORMAS DE INNOVACIÓN), Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2005 (CÓDIGO DE CONVOCATORIA NÚM. 13502).

Mediante el Orden TRI/162/2005, de 13 de abril, publicada en el DOGC núm. 4369, de 22.4.2005, se abrió la convocatoria y se aprobaron las bases para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico (I+D) de agrupaciones de empresas (plataformas de innovación).

Una vez cerrado el periodo de presentación de solicitudes se considera que, teniendo en cuenta el número de proyectos presentados, procede disminuir la dotación inicial de la convocatoria en euros con el objetivo de aplicar estos recursos económicos a incrementar la convocatoria de ayudas prevista en la Orden 158/2005, y poder así otorgar ayudas a proyectos, que de no producirse esta modificación, quedarían excluidos.

Vista la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2005;

De acuerdo con el que disponen el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE *núm. 276, de 18.11.2003);

A propuesta de la Secretaría de Industria y Energía, vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el artículo 3 del Orden TRI/162/2005, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos comunes de investigación y desarrollo tecnológico (I+D) de agrupaciones de empresas (plataformas de innovación), y se abre la convocatoria para el año 2005, que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 3

“Cantidad máxima y aplicación presupuestaria para la financiación

“De acuerdo con la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2005, la cantidad máxima destinada a estas ayudas para el año 2005 es de 1.264.086,20 euros. Su financiación es con cargo a la aplicación D/770400900 (código de reserva 13502) del presupuesto vigente de la Secretaría de Industria y Energía.

“Este crédito será transferido al CIDEM en su día, de acuerdo con las necesidades presupuestarias originadas por las subvenciones que se hayan concedido.

“El CIDEM actuará como entidad colaboradora, de acuerdo con previsto en el artículo 91.c) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en los artículos 12 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.”.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

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