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VII PREMIO ANDALUCÍA ARTE Y DEPORTE

11/10/2005
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Orden de 3 de octubre de 2005, por la que se convoca el VII Premio Andalucía Arte y Deporte (BOJA de 11 de octubre de 2005). Texto completo.

§1012969

ORDEN DE 3 DE OCTUBRE DE 2005, POR LA QUE SE CONVOCA EL VII PREMIO ANDALUCÍA ARTE Y DEPORTE.

El artículo 11 de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, establece que el Instituto Andaluz del Deporte, dependiente de la Secretaria General para el Deporte en virtud del Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se aprobaba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, es el órgano que ejerce las competencias de la Consejería sobre formación deportiva y de investigación, estudio, documentación y difusión de las ciencias de la actividad física y del deporte.

Por todo ello se convoca este :

VII Premio Andalucía, Arte y Deporte:

, como una forma de apoyar la difusión del hecho deportivo a través de las expresiones artísticas que recogen y engrandecen la figura de los deportistas y sus actividades, igual que se viene haciendo a través de las artes, desde la más remota antigüedad.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la disposición final primera del Decreto 240/2004, de 18 de mayo, dispongo:

Artículo 1. La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, a través del Instituto Andaluz del Deporte, convoca el VII Premio Andalucía, Arte y Deporte.

Artículo 2. La concesión del premio que se regula a través de la presente Orden estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes del ejercicio para el que se establezca la convocatoria.

Artículo 3. Las bases de la convocatoria figuran en el Anexo 1 de la presente Orden.

Artículo 4. Se faculta al titular del Instituto Andaluz del Deporte para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de esta Orden.

Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO 1 BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DEL VII PREMIO ANDALUCÍA ARTE Y DEPORTE Primera. Modalidades.

Los premios se dedicarán cada año a una categoría artística diferente, concediéndose en esta convocatoria al arte digital, concretamente a las siguientes modalidades:

1. Videocreación-Animación.

2. Multimedia e Internet.

Segunda. Temática.

Las obras tendrán como tema el deporte y la actividad física en general, como una forma expresiva de la cultura del pueblo, respetando la total libertad creativa pero ajustándose estrictamente a la modalidad de la base primera.

Tercera. Participantes.

Podrán concurrir artistas de cualquier nacionalidad, pudiendo presentar cada uno de ellos un máximo de dos obras firmadas. Se admite la presentación de obras bajo seudónimo (siempre que éstas no superen el máximo de obras permitidas), teniendo en cuenta que la autoría de una obra puede corresponder conjuntamente a varios autores. En todo caso deberá indicarse una dirección a efectos de comunicaciones.

Cuarta. Descripción y recepción de las obras.

1. Se podrán presentar obras de videocreación y de otros formatos digitales con la temática propuesta en la base segunda, de una duración máxima de quince (15) minutos, realizada con posterioridad al uno de enero de dos mil cinco, y que no hayan sido comunicadas públicamente a través de Internet o exhibida en centros de arte, museos, salas comerciales o galerías de arte de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. La entrega de las obras se efectuará en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en días laborables, de lunes a viernes, de 8,00 a 15,00 horas, en el Instituto Andaluz del Deporte, Avda. Sta. Rosa de Lima, núm. 5, 29007, Málaga. Cualquier información complementaria se facilitará mediante contacto directo con la organización:

Teléfono 951 041 900, fax 951 041 939, o correo electrónico premios*uida.es.

3. En todos los casos, las obras irán acompañadas de la correspondiente hoja de inscripción que se incluye en el Anexo 2 de esta convocatoria, junto a currículum vitae de las actividades artísticas del autor y fotocopia autenticada de su NIF.

4. Las obras deberán entregarse en todo caso por medio de copia en formato MPEG2, DV mini DV, salvo las obras 3D, cuyas copias deberán presentarse en formato MPEG2 tipo transport o stream en dos archivos diferentes, y además llevar pista de audio multiplexada aunque ésta se encuentre en blanco.

5. Las obras deberán entregarse debidamente embaladas a fin de preservar al máximo la seguridad de las mismas.

Los gastos de transporte y, en el caso de artistas residentes fuera de España, los gastos de despacho de aduanas, hasta el local de recepción, correrán por cuenta del remitente.

6. El Instituto Andaluz del Deporte no se hace responsable de los deterioros que las obras pudieran sufrir durante el transporte y hasta la entrega de las mismas en su sede. A la recepción se revisarán las obras para, si hubiera algún tipo de incidencia, levantar acta de la misma y remitirla al autor.

Quinta. Selección y exposición de las obras.

1. Se constituirá un Comité de expertos designados por el Instituto Andaluz del Deporte, que visionará previamente las obras presentadas, a los efectos de excluir aquellas que no se ajusten a lo establecido en las bases, y/o no reúnan la calidad suficiente a juicio de dicho Comité para su comunicación pública, siendo inapelable la decisión que el mismo adopte al respecto.

2. Las obras premiadas serán exhibidas públicamente en el Instituto Andaluz del Deporte durante el acto de entrega de los premios correspondientes, y podrán serlo también con posterioridad al mismo en el propio Instituto o en otro centro dependiente de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, así como en cualquier medio, incluido televisión o Internet.

3. La exhibición pública de las obras presentadas no comportará contraprestación económica alguna a cargo del Instituto Andaluz del Deporte.

Sexta. Jurado y fallo.

1. El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente/a: El titular de la Secretaría General para el Deporte.

Vicepresidente/a: El titular de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas.

Vicepresidente/a 2.Î: El titular del Instituto Andaluz del Deporte.

Vocales:

- Un representante de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

- Un representante de cada una de las Facultades de Bellas Artes de las Universidades de Sevilla y Granada.

- Cinco especialistas de reconocido prestigio en el ámbito cultural nombrados por el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

- Dos representantes del Servicio de Documentación, Formación, Investigación y Titulaciones del Instituto Andaluz del Deporte.

Secretario/a: El titular de la Secretaría General del Instituto Andaluz del Deporte, que actuará con voz y sin voto.

2. El procedimiento para la convocatoria, constitución, régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos del Jurado será el establecido en las disposiciones contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El Jurado en el plazo máximo de un mes a partir de la finalización del plazo de entrega de solicitudes emitirá su fallo que será inapelable. Tanto la composición del Jurado como el fallo que éste emita se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptima. Premios.

El Jurado otorgará los premios que a continuación se relacionan:

A) Categoría Videocreación-Animación (2D, 3D, Infografía, Motion Grafhies.):

- General: Premio de seis mil euros (6.000 E).

- Estudiantes o artistas noveles que cursen o hayan cursado estudios en centros radicados en la Comunidad Autónoma Andaluza: Premio de seiscientos euros (600 E).

B) Categoría Multimedia e Internet:

- General; Premio de seis mil euros (6.000 E).

- Estudiantes o artistas noveles que cursen o hayan cursado estudios en centros radicados en la Comunidad Autónoma Andaluza: Premio de seiscientos euros (600 E).

En caso de que la autoría de una obra premiada corresponda conjuntamente a varios autores inscritos, el importe del premio correspondiente se distribuirá a partes iguales entre ellos. No podrá concurrir en un mismo autor/es más de un premio dentro de la misma categoría. De las cantidades citadas se efectuarán las retenciones legalmente previstas.

Octava. Propiedad de las obras.

1. Las copias de las obras premiadas quedarán en propiedad de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Igualmente serán propiedad de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte los derechos de difusión y reproducción de los mismos, sin perjuicio de los derechos que correspondan al o los autores con arreglo a lo establecido en la legislación vigente sobre propiedad intelectual y demás normativa que resulte de aplicación.

2. Las copias de las obras no premiadas no serán devueltas, procediendo el Instituto Andaluz del Deporte a la destrucción de las mismas una vez celebrado el acto de entrega de premios.

Novena. Aceptación de estas bases.

1. Los participantes, por el solo hecho de concursar, aceptan todos los puntos contenidos en estas bases y las decisiones y fallos del Comité de expertos y del Jurado, sin derecho a reclamación alguna.

2. Los trabajos presentados deberán estar libres de derechos que puedan pertenecer a terceros, quedando la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte exenta de toda responsabilidad en caso de litigio o discusión que pueda surgir por esta cuestión.

Anexo II

Omitido.

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