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TASAS

04/10/2005
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Orden HAC/13/2005, de 23 de septiembre, por la que se determinan las Tasas del Gobierno de Cantabria que podrán ser recaudadas a través de cajeros automáticos (BOCA de 4 de octubre de 2005). Texto completo.

§1012846

ORDEN HAC/13/2005, DE 23 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DETERMINAN LAS TASAS DEL GOBIERNO DE CANTABRIA QUE PODRÁN SER RECAUDADAS A TRAVÉS DE CAJEROS AUTOMÁTICOS.

El Gobierno de Cantabria mediante la Orden HAC 10/2005, de 14 de abril, estableció los requisitos que deben cumplir las entidades de crédito colaboradoras de la recaudación del Gobierno de Cantabria, para la autorización de la recaudación de Tasas y Precios Públicos a través de cajeros automáticos, publicada el 26 de abril en el BOC.

El artículo primero de la citada Orden, dispone que la autorización para la recaudación de tasas y precios públicos será determinada por Orden del consejero de Economía y Hacienda.

Con fecha 22 de julio de 2005, se ha publicado resolución por la que se autoriza a una entidad bancaria de la recaudación del Gobierno de Cantabria a la recaudación a través de cajeros automáticos de Tasas y Precios Públicos.

Por todo lo expuesto y en base a lo establecido en el artículo 33.f de la Ley de Cantabria 6/2002,

DISPONGO

1. Se autoriza la recaudación, a través de cajeros automáticos, de las tarifas correspondientes a las Tasas que aparecen reflejadas en el Anexo de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Se faculta al director general de Hacienda y al director general de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera para que dicten instrucciones en desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOC.

ANEXO

1) Tasa General 1 del Gobierno de Cantabria, por Servicios Administrativos, las siguientes tarifas y conceptos de ingreso:

- Tarifa 1. Por expedición de certificados (por certificado). Concepto 1001.

- Tarifa 2. Por compulsa de documentos (por página). Concepto 1002.

- Tarifa 3. Por diligencia de libros y otros documentos (por libro o documento). Concepto 1003.

- Tarifa 4. Por Inscripción en Registro Oficial de Asociaciones y Modificaciones de Estatutos. Concepto 1004

- Tarifas 5, 6, 7, 8, 9. Por copia o reproducción expedientes administrativos, en formatos papel o Cd. Concepto 1005.

2) Tasa 1 de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico. Ordenación de los transportes por carretera, las siguientes tarifas y conceptos de ingreso:

- Tarifa 2. Servicios de transporte por carretera sujetos a autorización administrativa. Autorización para transporte de viajeros y mercancías. Concepto. 3008 y 3019.

3) Tasa 6 de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico: Ordenación de actividades industriales, energéticas, minera y venta de bienes:

- Tarifa 1.8.1. Inscripción en el registro de aparatos elevadores (RAE). Concepto 3117.

- Tarifa 1.8.2. Inspección de aparatos elevadores. Concepto 3118.

- Tarifa 2.1.5. Instalaciones eléctricas de Alta Tensión. Inspección de Instalaciones a instancia de parte. 3330 y 3134.

- Tarifa 2.1.6. Instalaciones eléctricas de Alta Tensión. Inspección Instalaciones temporales de alta tensión. Conceptos: 3330 y 3135.

- Tarifa 2.3.6. Inspección Instalaciones receptoras de gas a instancia de parte. Concepto 3330 y 3146.

- Tarifa 2.2.1. Instalaciones eléctricas en baja Tensión. Instalaciones ya existentes, por ampliaciones de potencias, cambios de titular, cambios de titular, cambios de tensión, etc. Conceptos: 3300 y 3136

- Tarifa 2.2.2. Instalaciones eléctricas en baja Tensión. Edificios de viviendas o locales comerciales. Conceptos: 3300 y 3137

- Tarifa 2.2.4. Instalaciones eléctricas en baja tensión. Resto de las instalaciones. Conceptos: 3300 y 3139.

- Tarifa 2.3.5.2. Instalaciones receptoras de gas. Instalaciones con botellas de GLP. por cada botella en uso o reserva. Conceptos 3320 y 3145.

- Tarifa 2.4.1.Instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente. Instalación individual en vivienda o local. Conceptos 3320 y 3149.

- Tarifa 2.5.2. Combustibles líquidos. Almacenamientos individuales para una vivienda o local. Conceptos 3320 y 3153

- Tarifa 2.6.2. Agua. Instalaciones interiores de suministro de agua. Por cada vivienda. Conceptos 3320 y 3162

- Tarifa 8.1.1 Expedición de carné de instalador autorizado o cartilla de palista/maquinista o artillero. Conceptos: 3310 y 3211.

- Tarifa 8.1.2. renovación y prórrogas de carnés de instalador autorizado, etc.. Conceptos: 3310 y 3212.

- Tarifa 8.2 Derechos de examen para la obtención de carné de instalador autorizado. Conceptos 3310 y 3213.

- Tarifa 8.6.Renovaciones de documentos de calificación empresarial. Conceptos 3310 y 3219.

- Tarifa 8.8. Habilitación de libros de registro para talleres instaladores de tacógrafos, limitadores, menos de 50 unidades y aparatos taxímetros. 3310 y 3221.

4) Tasa 2 de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Tasa por gestión técnico-facultativa de los Servicios Agronómicos.

- Tarifa 1.2.a. Por la inscripción en Registros oficiales. Con inspección facultativa. Concepto 5014

- Tarifa 1.2.b. Por la inscripción en Registros oficiales. Sin inspección facultativa. Concepto 5015

5) Tasa 3 de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios.

- Tarifa 4. Certificado sanitario de traslado. Concepto 5110.

- Tarifa 5. Reposición marca auricular para identificación animal según normativa vigente. Concepto 5110.

- Tarifa 8. Por expedición de Documentos de Identificación o calificación sanitaria. Concepto 5110 y 5111.

- Tarifa 9. Solicitud de inscripción o modificación en registro de animales de compañía o vehículos destinados a su transporte. Concepto 5110 y 5111.

6) Tasa 4 de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Tasa por pesca marítima.

- Tarifa 2. Expedición de licencias de pesca marítima de recreo de primera clase y segunda clase. Conceptos 5302 y 5302.

7) Tasa 9 de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Tasa por servicios prestados por el Centro de Formación Náutico-Pesquera.

- Tarifa 1.1. Por los derechos de asistencias a cursos y/o presentación a exámenes organizados por el Centro de Formación Náutico-Pesquera. Especialidades Profesionales. Concepto 5350.

- Tarifa 1.2. Por los derechos de asistencias a cursos y/o presentación a exámenes organizados por el Centro de Formación Náutico-Pesquera. Títulos de recreo. Concepto 5351.

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