§1012838
El Observatorio es un órgano interno administrativo y está integrado por seis abogados del Estado designados por el Abogado General del Estado, tres representantes de la Agencia Tributaria, tres representantes de los demás organismos adscritos a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, el director del Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria y un subdirector de este Servicio, que actuará como secretario.
La creación y puesta en marcha de este Observatorio sobre Delito Fiscal es uno de los compromisos alcanzados en el Convenio de Colaboración entre la Agencia Tributaria y la secretaría de Estado de Justicia en materia de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Este convenio entre Hacienda y Justicia, firmado el pasado mes de junio, es una de las medidas del Plan de Prevención del Fraude Fiscal. Además de la creación del Observatorio, el Convenio recoge otras propuestas con el fin de reforzar la coordinación y colaboración entre la Agencia Tributaria y la Abogacía General del Estado, encargada de realizar la acusación particular en los casos en que se aprecien indicios de delito contra la Hacienda Pública estatal (delito fiscal, contrabando, insolvencias punibles...).
Entre otras medidas, el Convenio prevé que la Agencia Tributaria y la Abogacía del Estado intensifiquen la colaboración mutua, con el fin de asegurar la obtención de las pruebas necesarias y anticipar o preparar actuaciones que aseguren los intereses de la Hacienda Pública.
La colaboración y coordinación será aún mayor cuando se detecte la existencia de posibles tramas y se podrá designar un abogado del Estado con funciones de apoyo al inspector responsable de la investigación de la trama para que coordine las actuaciones procesales necesarias.
El objetivo es lograr el máximo apoyo y coordinación entre las actuaciones que se realicen en vía administrativa y en vía procesal, potenciar la acusación particular y extremar la colaboración entre ambos organismos también con el Ministerio Fiscal- de manera que se logre una mayor efectividad en las denuncias que se presenten.
Por lo que se refiere a la responsabilidad civil derivada del delito, será la Agencia Tributaria la que, con carácter general, determine el importe de deba reclamarse, y la Abogacía del Estado quien resuelva sobre la procedencia de aplicar circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. La Agencia Tributaria remitirá un informe con la información patrimonial de que disponga y que permita la adopción de medidas cautelares, así como sobre los indicios de posibles insolvencias punibles.
El Convenio presta especial atención a la lucha contra las nuevas formas de delincuencia fiscal puestas de manifiesto en tramas defraudatorias, las cuáles obligan a que concurran ineludiblemente actividades investigadoras, procesales y policiales que exigen la máxima coordinación y colaboración.