§1012832
CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NÚM. 4215/1996, PROMOVIDO POR EL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, CONTRA LA ORDEN DE 1 DE JULIO DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, POR LA QUE SE CONCEDEN AYUDAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL PARA EL CURSO 1996-1997 (SENTENCIA).
El suplemento del BOE núm. 197, de 18.8.2005, publica la Sentencia 212/2005, de 21 de julio, dictada por el Tribunal Constitucional en el conflicto positivo de competencia núm. 4215/1996, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, contra la Orden de 1 de julio de 1996, del Ministerio de Educación y Cultura, por la que se conceden ayudas de educación especial para el curso 1996-1997.
En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:
Primero. Estimar parcialmente el conflicto positivo de competencia núm. 4215/1996 interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 1 de julio de 1996, por la que se convocan ayudas de educación especial para el curso 1996-1997, declarando que vulneran las competencias de la Generalidad de Cataluña los artículos quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo, undécimo, duodécimo, decimocuarto, decimoquinto y la disposición final tercera de dicha Orden.
Segundo. Desestimar el conflicto en todo lo demás.
Hay dos votos particulares. Uno parcialmente discrepante que formula el magistrado señor Guillermo Jiménez Sánchez y otro discrepante que formula el magistrado señor Vicente Conde Martín de Hijas, al que se adhieren los magistrados señor Roberto García-Calvo y Montiel y señor Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.